
Condenan a 10 años de cárcel a exsargento por asesinato de dirigente del PC en dictadura
La Corte de Apelaciones de Valparaíso ratificó la condena en contra del sargento segundo en retiro de la Armada, Guillermo Retamales Ruiz, declarado culpable del homicidio calificado de Ramón Donato Navia Martínez, trabajador de la construcción y dirigente del Partido Comunista.
El crimen ocurrió en octubre de 1973, al interior de la Base Aeronaval El Belloto, en la comuna de Quilpué.
Con esta resolución, el tribunal de alzada -integrado por los ministros Vicente Jesús Hormazábal, Ruth Angélica Alvarado (s) y el abogado integrante Eduardo Morales- confirmó el fallo dictado por el ministro en visita Max Cancino Cancino en diciembre de 2024, imponiendo a Retamales una pena de 10 años y un día de presidio, en calidad de autor del asesinato.
En paralelo, el tribunal absolvió al excapitán de navío Germán Patricio Valdivia Keller, quien había sido imputado como coautor del secuestro calificado del mismo dirigente. También se desestimó la participación de Retamales en este delito.
La abogada Carolina Vega, del Estudio Caucoto Abogados, valoró el resultado como un hito para la justicia en casos de violaciones a los derechos humanos:
“La sentencia confirmada por los ministros de la Ilustrísima Corte de Apelaciones de Valparaíso es un hito significativo para el querellante, hijo de la víctima. Además, es un avance en materia de justicia transicional2, expresó.
Además, la abogada representante de la familia de la víctima se refirió a la condena de Retamales, la cual tuvo que ser apelada para que se incrementara la pena de cárcel.
"En su oportunidad apelamos la sentencia de primera instancia solicitando que se aumentara la condena, pese a que fue confirmada la sentencia, estoy conforme, pues significa que ya no hay impunidad y que se está condenando al responsable del homicidio”, afirmó.
¿Qué ocurrió con Ramón Donato?
La investigación, liderada por el ministro Cancino, logró establecer que en los días posteriores al golpe militar del 11 de septiembre de 1973, operaba al interior de la base de El Belloto un grupo denominado Servicio de Inteligencia Ancla II, bajo la estructura jerárquica de la Comandancia de la Aviación Naval.
Esta agrupación tenía como objetivo reprimir a personas opositoras al nuevo régimen, utilizando detenciones arbitrarias, torturas físicas y psicológicas para obtener información.
En este contexto, el 14 de octubre de 1973, a las 21:30 horas, un grupo de marinos detuvo sin orden judicial a Ramón Navia Martínez en su domicilio de calle Antonio Varas N°1557, en Quilpué.
Fue trasladado en una camioneta a la Base Aeronaval El Belloto, donde fue encerrado en una zona conocida como “la piscina” o “el hoyo”, un espacio habilitado como centro de reclusión clandestino, cercano a la losa de estacionamiento de aeronaves.
En ese lugar, según el fallo, fue interrogado y torturado por funcionarios del Servicio de Inteligencia con el fin de obtener información sobre supuestas armas y sobre sus compañeros del partido.
Finalmente, durante la madrugada del 15 de octubre de 1973, y en medio de un supuesto intento de fuga, un funcionario del mismo servicio -quien además se desempeñaba como guardia- le disparó con un fusil M1, provocando su muerte en el lugar.