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Se tituló de abogado pero retuvieron su grado académico por deuda de $1.300.000: Suprema ordena entregárselo
Foto de: Sitio web Universidad de Valparaíso

Se tituló de abogado pero retuvieron su grado académico por deuda de $1.300.000: Suprema ordena entregárselo

Por: Horacio Gutiérrez Areyte | 17.03.2025
La Corte Suprema ratificó que condicionar la titulación por deudas es ilegal. La Universidad de Valparaíso deberá entregar el título de un estudiante que cumplió con todos los requisitos académicos.

Después de aprobar su examen de grado en mayo de 2024 y cumplir con todos los requisitos académicos, un estudiante de la Universidad de Valparaíso fue informado en noviembre de que no se le otorgaría el grado de Licenciado en Ciencias Jurídicas debido a una deuda arancelaria de $1.300.000 por el programa MEC.

A pesar de que la Ley 21.091 prohíbe condicionar la entrega de títulos por deudas, la universidad justificó su decisión argumentando que la normativa vigente en el momento de los hechos le permitía retener el grado hasta el pago total del arancel.

Según se puede apreciar en el fallo judicial, el estudiante presentó un recurso de protección ante la Corte de Apelaciones de Valparaíso, argumentando que la negativa de la universidad vulneraba su derecho a la igualdad ante la ley y a la propiedad.

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Además, denunció que, tras interponer la acción judicial, la universidad le ofreció entregarle el título solo si desistía del recurso, lo que consideró una medida intimidatoria.

La Corte de Valparaíso acogió el recurso, señalando que la universidad no podía ejercer autotutela para exigir el pago de una deuda, ya que la vía adecuada para ello era el cobro judicial.

"La forma legal de solicitar el cumplimiento de las obligaciones que se estiman incumplidas es a través de las acciones jurisdiccionales correspondientes", sostuvo el fallo, subrayando que impedir la titulación del estudiante por razones económicas era un acto discriminatorio e ilegal.

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En consecuencia, ordenó a la universidad entregar los documentos de titulación en un plazo de tres días.

La Universidad de Valparaíso apeló ante la Corte Suprema, insistiendo en que la normativa vigente en el momento de los hechos le permitía condicionar la titulación al pago de aranceles.

Sin embargo, el máximo tribunal confirmó el fallo de la Corte de Valparaíso, reafirmando que la retención del título constituía una práctica ilegal e ilegítima.

La Corte Suprema resolvió el caso con el voto en contra del ministro Jean Pierre Matus, quien consideró que la universidad sí tenía derecho a condicionar la entrega del título por la existencia de una deuda.

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