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Fonasa negó datos por Trasparencia a académico sobre enfermos de cáncer por
Agencia Uno (Referencial)

Fonasa negó datos por Trasparencia a académico sobre enfermos de cáncer por "defender vida privada": Corte ordena entrega

Por: Horacio Gutiérrez Areyte | 14.03.2025
Fonasa deberá entregar información demográfica sobre pacientes con cáncer tras un fallo que confirmó su carácter público. La Corte descartó que la entrega vulnere la privacidad, ya que se trata de datos estadísticos sin identificación.

Un investigador solicitó a Fonasa información estadística sobre pacientes con cáncer atendidos en el sistema público durante los últimos diez años.

Según se puede apreciar en el fallo judicial, la solicitud se realizó con fines académicos en el contexto de una tesis para un magíster en ciencias de datos para la innovación en la Universidad de Concepción.

Además, el solicitante mencionó que trabajaba en colaboración con una fundación dedicada al tratamiento del cáncer y que los datos serían utilizados para estudios en esa área.

En su petición, requirió datos como edad, sexo y si los pacientes tenían hijos, desglosados por región, y sugirió que se entregaran en formato de base de datos con un RUT truncado o anonimizado.

Fonasa rechazó la solicitud, argumentando que los datos solicitados eran de carácter personal y sensible, por lo que su entrega estaba prohibida sin el consentimiento expreso de los pacientes, de acuerdo con la Ley N°19.628 sobre protección de datos personales.

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La institución también expresó su preocupación de que la información pudiera ser utilizada para fines privados, instrumentalizando el acceso a datos del sistema público con propósitos no contemplados en la normativa de transparencia.

Frente a esta negativa, el solicitante recurrió al Consejo para la Transparencia (CPLT), que acogió parcialmente su petición.

El CPLT ordenó a Fonasa entregar la información solicitada, pero excluyendo fichas clínicas y cualquier otro dato que pudiera permitir la identificación de personas, asegurando que se respetara la privacidad de los pacientes.

El caso se traslada a tribunales

Fonasa llevó el caso a la Corte de Apelaciones de Santiago, sosteniendo que la decisión del CPLT era ilegal y que la entrega de los datos vulneraba la vida privada de los pacientes.

También insistió en que el acceso a esta información con fines académicos o privados desnaturalizaba el principio de transparencia de la función pública.

La Séptima Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago, integrada por el ministro Juan Cristóbal Mera Muñoz y la abogada integrante Catalina Infante Correa, rechazó la reclamación de FONASA y confirmó la decisión del CPLT.

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En su fallo, el tribunal estableció que la información ordenada entregar es puramente estadística y no permite la identificación de personas, por lo que no se afecta la vida privada de los pacientes.

El fallo señala que “se comprenderá fácilmente que la mencionada información es puramente estadística, de modo que entregarla al solicitante no puede llevar a concluir, como lo hace la reclamante, que con ello se afecta la vida privada de los pacientes con cáncer y, por lo mismo, no se configura la causal de reserva invocada”.

También rechazó el argumento de Fonasa sobre la Ley N°19.628, destacando que el CPLT aplicó correctamente el principio de divisibilidad de la Ley de Transparencia, garantizando que solo se entregaran datos generales sin referencias personales.

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“Si la información que se ha dispuesto entregar al solicitante es —como reiteradamente se ha dicho— puramente estadística, no se vislumbra de qué manera se podría estar vulnerando lo preceptuado en la Ley N°19.628”, indicó el tribunal.

Finalmente, la Corte descartó que se estuviera haciendo un uso indebido del acceso a la información pública, ya que la ley no exige justificar el motivo de la solicitud.

No es necesario expresar causa o motivo para solicitar información pública, siendo irrelevante el interés particular del solicitante”, resolvió el tribunal.

Con esta decisión, la Corte de Apelaciones confirmó la obligación de FONASA de entregar los datos demográficos requeridos.

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