Las multas que recibirá tu jefe si no respeta tu derecho a sufragio ni el feriado irrenunciable
Multas que pueden ascender hasta las 4 millones de pesos y que podrían ser cobradas a los empleadores en caso de que no respeten el derechos de sus trabajadores a sufragar ni tampoco el feriado irrenunciable en el marco de las Elecciones 2024.
Además del permiso de tres horas, las empresas deben otorgar permiso a los trabajadores designados como vocales de Mesas.
No otorgar feriado legal e irrenunciable del domingo 27
Todos los trabajadores amparados por el numeral 7 del artículo 38 del Código del Trabajo no pueden ser obligados a trabajar.
Ellos son los que laboran en malls, centros o complejos comerciales administrados bajo una misma razón social o personalidad jurídica.
Para este caso las multas oscilan entren UTM 30 ($1.996.830) y 150 ($9.984.150), dependiendo de si la empresa es micro, pequeña, mediana o grande.
No ceder permiso laboral a vocales de Mesas
Las empresas deben otorgar un permiso laboral a aquellos trabajadores que fueron designados como vocales de Mesas Receptoras de Sufragios, miembros de Colegios Escrutadores o delegados de la Junta Electoral, para quienes los días de la elección no constituyen feriado legal irrenunciable.
Las multas por infringir la norma oscilan entre 3 ($199.683) y 60 ($3.993.660) UTM, dependiendo de si la empresa es micro, pequeña, mediana o grande.
No ceder permiso de 3 horas
Los empleadores deben ceder un permiso mínimo de 3 horas a los trabajadores para que puedan ir a votar.
Esta norma aplica a aquellos que les toca laborar cualquiera de los dos días de las elecciones y la jornada a escoger para ejercer el deber cívico será decisión del empleado.
Las empresas que infrinjan esta normativa arriesgan multas que van desde 3 ($199.683) y 60 ($3.993.660) UTM, dependiendo de si la empresa es micro, pequeña, mediana o grande.
Cabe destacar que el valor de la UTM en octubre 2024 es de $66.561.