miércoles 20 de mayo de 2026

Vocal de mesa y plazo para excusarse: Dónde hacerlo y cuál es la que más se repite

Luego que el Servel publicara la primera lista de vocales de mesa para las elecciones de gobernadores regionales, consejeros regionales, alcaldes y concejales, se abrió el plazo de excusa. En esta nota trataremos de responder todas tus dudas.

7 de octubre de 2024 - 00:00

Los ciudadanos de Chile tienen el derecho de votar en las elecciones de gobernadores regionales, consejeros regionales, alcaldes y concejales, pero también muchos deben cumplir con participar de vocales de mesa, un trabajo clave en estos comicios.

¿Dónde puedo ir a presentar mis excusas?

Debes dirigirte a la Junta Electoral respectiva a tu domicilio. Si no sabes dónde queda la que te corresponde, con tu ClaveÚnica debes consultar en este link.

¿Cuáles son las excusas para no ser vocal de mesa?

  • Tener más de 70 años (La que más se repite)

  • Estar ausente del país o radicado a una distancia de más de 300 kilómetros

  • Estar física o mentalmente imposibilitado de ejercer la función.     

  • Cumplir labores en establecimientos hospitalarios el día de la elección.   

  • Embarazadas.     

  • Ser padre o madre de un hijo o hija menor de dos años. Si ninguno de ellos tuviera el cuidado personal, quien lo tenga podrá excusarse acreditándolo debidamente.     

  • Estar al cuidado de un adulto mayor en situación de dependencia o de una persona en situación de discapacidad, circunstancia que deberá ser acreditada a través de una declaración jurada notarial, mediante constancia en Carabineros de Chile, o por un certificado en que conste esta calidad.   

¿Los vocales de mesa son pagados?

Sí. El bono por el ejercicio de esta función en las elecciones de octubre será de $28.432 por día, alcanzando un total cercano a los 60 mil pesos para quienes trabajen durante ambos días de votación. 

¿De cuánto es la multa por no ser vocal de mesa?

Los vocales que no puedan cumplir con su deber tienen la oportunidad de presentar excusas del 7 al 9 de octubre ante la Junta Electoral correspondiente. Sin embargo, es importante destacar que el incumplimiento de esta obligación conlleva sanciones, incluidas multas que varían entre 2 a 8 UTM, es decir, entre $132.000 y $531.000.  

 

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