Alumna de U. Santo Tomás no pudo tomar ramos por deuda: Corte revirtió decisión por
Agencia Uno

Alumna de U. Santo Tomás no pudo tomar ramos por deuda: Corte revirtió decisión por "vulneración"

Por: Horacio Gutiérrez Areyte | 27.09.2024
La Corte de Apelaciones de Valdivia ordenó a la Universidad Santo Tomás permitir a una estudiante inscribir sus ramos, pese a una deuda pendiente, señalando que la institución actuó de manera arbitraria al bloquear su avance académico sin recurrir a vías legales para el cobro.

Una mujer, quien estudia derecho en la Universidad Santo Tomás desde 2020, se encontró en una situación complicada cuando la universidad le impidió inscribir los ramos necesarios para continuar con el segundo semestre de 2024.

El motivo: una deuda de $1.796.900 que había acumulado por no pagar el arancel del primer semestre de ese año.

Si bien la alumna admitía tener pendiente esa suma, no estaba de acuerdo con que se le negara la posibilidad de seguir avanzando en su carrera por esa razón.

Decidió entonces presentar un recurso de protección ante la Corte de Apelaciones de Valdivia, buscando que la universidad le permitiera inscribir sus materias.

La Corte analizó el caso y dictaminó que la decisión de la Universidad Santo Tomás era injusta. Según el fallo, la universidad había actuado de manera arbitraria e ilegal al condicionar el avance académico de esta alumnna al pago de la deuda, cuando en realidad existen vías legales específicas para resolver este tipo de conflictos.

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"La universidad no puede impedir el avance académico de la recurrente justificándose en la existencia de obligaciones económicas pendientes de pago, debiendo recurrir a vías legales adecuadas para su cobro", señalaron en el fallo.

Las instituciones educativas, explicaron los jueces, no pueden usar como "arma" la imposibilidad de inscribir ramos para presionar a los estudiantes a pagar, sino que deben recurrir a los tribunales o a métodos de cobro que estén acordados en los contratos, como lo exige la ley.

El fallo también destacó que la universidad había violado derechos constitucionales de esta alumna, como su derecho a la educación y a la igualdad ante la ley.

En Chile, la Constitución garantiza que todas las personas deben ser tratadas de manera justa y equitativa, lo que en este caso no se respetó, ya que la universidad no estaba utilizando los medios adecuados para resolver la situación.

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Además, la corte señaló que este tipo de acciones son un claro ejemplo de "autotutela", es decir, cuando una institución toma la justicia en sus propias manos sin recurrir a los procedimientos legales.

El tribunal resolvió entonces que la Universidad Santo Tomás debía permitir a la alumna inscribir sus asignaturas para el segundo semestre, respetando su avance académico y sin usar la deuda como excusa para bloquear su progreso.

En el fallo también se especificó que la institución debía resolver los asuntos económicos utilizando vías legales, sin aplicar medidas que afectaran directamente su derecho a continuar con sus estudios.

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