¿Que sean todas las profesiones Colegiadas en Chile? Ojo, no todo lo que brilla es oro
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¿Que sean todas las profesiones Colegiadas en Chile? Ojo, no todo lo que brilla es oro

Por: Benjamín Escobedo | 12.09.2024
El proyecto busca reemplazar el art. 19, numeral 16, inciso cuatro de la Constitución Política, consagrando que “los colegios profesionales son personas jurídicas de derecho público”. No obstante, se encuentran aprensiones sobre la “idea” de estar colegiado por obligación hace ya un tiempo.

En los últimos días hemos conocido la 'sublime idea' de que todas las profesiones debiesen estar colegiadas para combatir faltas a la ética con su respectiva inhabilidad a modo de consecuencia. Una medida que suena interpelante y brillante, aunque muy débil en la realidad, ya que son varios los factores a considerar para tamaña ocurrencia.

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En diversas ocasiones los quiebres, desaciertos y desarraigos de ciertas colegiaturas han dejado entrever meramente un oportunismo a rajatabla, uno que parece no importar al imaginario estatal, o bien, este último visualiza en la colegiatura total de las profesiones de Chile una solución certera frente a las faltas de “ética” pública o profesional de algunos.

En el marco del llamado caso audios, y la arista que involucra al imputado Luis Hermosilla, el oficialismo presentó un proyecto de reforma constitucional para establecer la obligatoriedad de afiliación a Colegios Profesionales.

Cabe señalar que la medida permite a los distintos Colegios aludidos sancionar y, por consecuencia, inhabilitar de manera temporal o perpetua del ejercicio profesional a quienes alberguen faltas a la ética.

La 'idea' de los diputados Ana María Gazmuri y Tomás Hirsch parece abrir la discusión en torno al rol, importancia e historia de los llamados Colegios Profesionales, claro, nichos de luchas políticas que terminan por reflejar discretos acuerdos en sus filas y permanentes deseos de poder.

Ahora bien, la bandera de esta aspiración jurídica fue descrita por Bio-Bio Chile hace algunos días, agregando lo que dijeron esos parlamentarios a favor de esta iniciativa:

El caso Hermosilla ha sido un fiel reflejo de la falta de ética con que actúan ciertos profesionales. Si bien es un caso que actualmente está siendo investigado por el Ministerio Público, lo cierto es que, si llegase a ser condenado, una vez cumplida su pena, el abogado Hermosilla podría nuevamente ejercer la profesión de manera libre […] lo anterior, debido a que en Chile no tenemos una regulación que permita sancionar las faltas a la ética. Se hace indispensable que nuevamente se reponga el control ético real de los Colegios Profesionales”.

De ahí que establecer una colegiatura obligatoria y dotarla de sanciones que permitan sacar del sistema a aquellos individuos que no desarrollen un ejercicio profesional en rigurosidad ética moral, parece muy atractivo para el oficialismo.

El proyecto busca reemplazar el art. 19, numeral 16, inciso cuatro de la Constitución Política, consagrando que “los colegios profesionales son personas jurídicas de derecho público”. No obstante, se encuentran aprensiones sobre la “idea” de estar colegiado por obligación hace ya un tiempo.

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Pablo Fuenzalida a través del CEP (Centro de Estudios Públicos), con fecha 19 de abril del 2022 en su artículo '¿Qué fue de la colegiatura obligatoria?' señala lo siguiente:

“El rol de los colegios profesionales de colaboradores de 'los propósitos y responsabilidades del Estado' es un paso hacia un corporativismo que ni siquiera el régimen previo a 1981 se atrevió a dar […] Para ejercer una profesión ya no bastaría haber cursado una carrera universitaria y obtenido el título respectivo, por cuanto se exigiría copulativamente a las credenciales universitarias 'habilitación vigente del colegio profesional'”.

Por otro lado, si observamos la historia de nuestro país, fue durante el régimen militar (1981) que la tuición ética de los colegios profesionales desapareció, por ende, el desempeño profesional en Chile quedó exclusivamente propiciado a cada profesional, no siendo una obligación someterse a la supervisión de pares.

Más aún, instalándose la posibilidad de no participar y sustraerse de todo control ejecutado por ese mamarracho “Sanedrín” de los Colegios de Profesionales que, dicho sea de paso, mantienen poco y nada de impacto en la vida pública. Por el contrario, reclamos, vociferantes y ansias de poder abundan sistemáticamente.

Hemos de recordar que para el Colegio de Médicos el tema Isapres sigue siendo un talón de Aquiles, a su vez, el Colegio de Abogados parece solo mirar al muerto pasar, sobre el Colegio de Ingenieros ni hablar, cuando se cae un puente este no ha hecho mucho, y que decir del aclamado Colegio de Profesores, suele izar la bandera de la lucha, lucha que poco y nada convence, una triste historia de años.

Por último, el debate podría continuar, la reflexión y la dialéctica entre hacer carne una ley que pretende obligar a colegiar a todos los profesionales del país versus abstenerse de semejante locura, sin embargo, y más allá de eso, las interrogantes surgidas frente a este proyecto de ley enarbolado por los diputados Tomás Hirsch y Ana María Gazmuri conlleva grandes cuestiones a considerar.

¿Debiese ser responsabilidad de las instancias colegiadas el juzgar la ética de los profesionales respecto de su ejercicio en el espacio público? ¿Sería correcto inhabilitar a esos colegiados dada la aprensión acuñada? ¿Es rol de la justicia discriminar entre buenas y malas prácticas por parte de los profesionales insertos en una sociedad civil, o algo que debería ser entregado a manos de aquellos Colegios Profesionales en Chile? ¿Estamos dispuestos a hipotecar los poderes del Estado que, entre paréntesis, son los reales encargados de poder dirimir entre justo e injusto, moral e inmoral? ¿Qué diría Montesquieu al ver que las organizaciones de colegiatura podrían tener en sus manos la libertad de anular o aprobar el ejercicio público de los profesionales que componen la sociedad moderna?

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Tal vez estamos en presencia de una pseudoidea que el Estado debe relegar por su propio bien, de lo contrario, podríamos caer en menospreciar la autoridad legal que mantienen las universidades al titular, acreditar y certificar a esos profesionales que egresan año tras año de la educación superior en nuestro país. A veces, es bueno dejar la innovación para nomenclaturas artísticas, no emancipar tonterías de las cuales nos podríamos arrepentir, como tantas cosas experimentadas en la historia nacional.

Crédito de la fotografía: Agencia Uno