Demandaron a SAG por sacrificar caballos presuntamente enfermos: Corte desestimó reclamación
La empresa Agrícola Ganadera Haras Carioca presentó una demanda contra el Servicio Agrícola y Ganadero (SAG) después de que este organismo decidiera sacrificar varios caballos que eran sospechosos de estar infectados con una bacteria peligrosa llamada Burkholderia mallei.
Según lo que se puede apreciar en el fallo judicial, esta bacteria es la causante de la enfermedad conocida como muermo, una infección altamente contagiosa que puede transmitirse a los seres humanos y que, además, no tiene vacuna.
Debido a la gravedad de esta enfermedad, el SAG tomó la decisión de sacrificar a los caballos como una medida preventiva para proteger la salud pública.
El problema surgió cuando la empresa Haras Carioca argumentó que el sacrificio de los caballos fue injustificado, ya que, según ellos, no había pruebas suficientes de que los animales estuvieran realmente enfermos.
La empresa alegó que esta acción les había causado daños económicos significativos y que, por lo tanto, merecían ser indemnizados por el Estado.
Además, cuestionaron la forma en que el SAG había manejado la situación, sugiriendo que el organismo había actuado de manera precipitada y sin tener en cuenta todas las circunstancias.
El caso fue llevado a la Corte de Apelaciones de Santiago, donde la empresa esperaba que se anulara la decisión del SAG y se les otorgara una compensación por los daños sufridos.
Sin embargo, la Corte revisó cuidadosamente los argumentos y pruebas presentados por ambas partes y llegó a una conclusión diferente.
En un fallo unánime, la Octava Sala del tribunal de alzada, integrada por la ministra Dobra Lusic, el ministro Hernán Crisosto y la ministra Lilian Leyton, determinó que el SAG había actuado dentro de sus facultades legales al ordenar el sacrificio de los caballos.
La Corte señaló que el SAG tiene la responsabilidad de tomar medidas para proteger la salud pública, especialmente cuando se trata de enfermedades tan peligrosas como el muermo.
Según la ley, el SAG está autorizado a sacrificar animales que se sospeche estén infectados con enfermedades contagiosas para evitar que estas se propaguen.
La Corte también explicó que el sacrificio de los caballos fue una decisión basada en la información disponible en ese momento y en la necesidad de prevenir un posible brote de muermo en el país.
Aunque más tarde se comprobó que los caballos no estaban infectados, la Corte consideró que la acción del SAG fue adecuada y proporcional, dado el riesgo que representaba la enfermedad.
Los jueces destacaron que la legalidad de la decisión del SAG estaba respaldada tanto por los hechos como por la normativa vigente, y que no se había cometido ninguna falta de servicio.
Además, la Corte rechazó la idea de que el Estado deba indemnizar a la empresa Haras Carioca por los daños supuestamente sufridos.
Los jueces señalaron que, aunque la empresa argumentó que el sacrificio de los caballos le causó pérdidas económicas, la responsabilidad del Estado no se aplica en este caso, ya que el SAG actuó correctamente y dentro de su marco legal.