Expropiación de Caleta Sierra: Saldamos una deuda histórica

Expropiación de Caleta Sierra: Saldamos una deuda histórica

Por: Marcela Sandoval Osorio | 12.07.2024
La “Ley de Caletas” implica un nuevo rol de la gestión del Estado para la coordinación y articulación del sector pesquero, otorgando certeza jurídica sobre la tenencia a los pescadores artesanales y sus comunidades, asumiendo a las caletas como una unidad económica, productiva, social y cultural.

Los pescadores y pescadoras de Caleta Sierra, ubicada en la comuna de Ovalle, región de Coquimbo, finalmente dejarán de vivir con el temor de ser desalojados. El pasado jueves 4 de julio, la ley 21.027, conocida como “Ley de Caletas” puso en marcha la primera expropiación a nivel nacional. La norma permite que el Estado pueda expropiar parte de los terrenos privados en donde se ubican las caletas artesanales.

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Cabe mencionar que la correcta ejecución de este tipo de leyes por parte de la administración se encuentra alineada con la directriz señalada por el Presidente de la República, Gabriel Boric, en su Cuenta Pública Presidencial, de alcanzar un desarrollo justo, resiliente y sostenible; así como con el compromiso presidencial de habilitar 12 caletas pesqueras a lo largo de Chile con perspectiva de género, es decir, con el compromiso de no solo mejorar la infraestructura portuaria, sino de que esta sirva al propósito de potenciar el desarrollo de las mujeres en el rubro pesquero.

Caleta Sierra

La Ley promulgada el año 2017 define a las caletas como unidades productivas, económicas, culturales y sociales ubicadas en un área geográfica delimitada, en la que las organizaciones de pescadores artesanales titulares de las mismas, y sus integrantes, desarrollan sus labores habituales u otras relacionadas directa o indirectamente con aquellas.

De igual modo, la norma declara la utilidad pública de los terrenos privados en los que se sitúen caletas de pescadores artesanales señaladas en la ley y faculta expresamente al Ministerio de Bienes Nacionales para expropiar dichos terrenos.

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Esta facultad expropiatoria permite que, mediante el rol articulador de este ministerio, se pueda dar cumplimiento a los objetivos de esta ley.

También, la ley otorga la posibilidad al ministerio de transferir en dominio a los pescadores artesanales los terrenos fiscales aledaños a las destinaciones de las caletas, siempre que éstos no se encuentren situados sobre el terreno de playa.

Caleta Sierra

Esta ley implica un nuevo rol de la gestión del Estado para la coordinación y articulación del sector pesquero, ya que otorga certeza jurídica sobre la tenencia a los pescadores artesanales y sus comunidades, además de asumir a las caletas como una unidad económica, productiva, social y cultural.

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Por otro lado, no es baladí señalar que la ley de caletas es la primera iniciativa legal que incluye de forma directa al Ministerio de Bienes Nacionales en la gestión de la zona costera, por lo que, el éxito de su implementación en lo que corresponde al ministerio se asociará, inevitablemente, a las capacidades de este para asumir nuevas responsabilidades sobre esta zona.

Autora de la columna: Marcela Sandoval Osorio, ministra de Bienes Nacionales

Crédito foto: Ministerio de Bienes Nacionales