Exfuncionarios del Ejército y la PDI condenados por secuestro de padre e hijo en 1973
Durante las últimas horas, se oficializó la decisión de la Segunda Sala de la Corte Suprema, que en fallo unánime condenó al oficial de Ejército Alfonso Faúndez Norambuena, y al efectivo en retiro de la Policía de Investigaciones (PDI), Roberto Arcángel Rozas Aguilera, por su responsabilidad en los delitos consumados de secuestro calificado de Luis Heriberto Contreras Escamilla, técnico eléctrico y exmilitante del Partido Socialista (PS), y la sustracción de su hijo Luis Heriberto Contreras Peñaloza, de 16 años al momento de los hechos.
Específicamente, se trata de ilícitos cometidos en noviembre de 1973, en las comunas de San Miguel y San Bernardo, respectivamente.
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Sobre la decisión judicial, Haroldo Brito, Jorge Dahm, Diego Simpertigue, y las abogadas integrantes Leonor Etcheberry y Carolina Coppo, confirmaron la sentencia de primera instancia, condenando a Faúndez Norambuena a las penas de seis años de presidio en su calidad de autor del secuestro calificado, y a cuatro años de presidio efectivo, por la sustracción.
Por otra parte, el máximo tribunal confirmó la condena al ex PDI Roberto Rozas, consistente en tres años y un día, que se suman a 541 días de presidio, con el beneficio de la libertad vigilada por cinco años, como coautor de los delitos detallados.
Sobre las circunstancias de los hechos, se determinó que este fue asignado al campo de prisioneros de cerro Chena, además de ser mencionado como interrogador en ese lugar junto a funcionarios de carabineros y militares.
"Nos reporta una serena alegría”
“Desde lo judicial, no es común que un recurso de casación en el fondo, por infracciones a leyes reguladoras en lo penal, vea la luz”, aseguró el abogado querellante Freddy Henríquez, del Estudio Caucoto Abogados, valorando la sentencia.
Adicionalmente, aseguró que “sostener un proceso durante tantos años, de manera incansable como lo hizo Nelson Caucoto, y más tarde por el equipo de abogados y abogadas que lo acompañamos, nos reporta una serena alegría”.
“Desde lo humano, no podemos negar nuestra admiración por la incomprensible capacidad de resistencia de nuestros patrocinados. Sea para ellos y por ellos este triunfo", sostuvo luego.
Las circunstacias
Según la investigación sustanciada por la ministra en visita extraordinaria de la Corte de Apelaciones de San Miguel, Marianela Cifuentes Alarcón, se pudieron establecer los siguientes hechos alusivos a la causa:
Que el 10 de noviembre de 1973, en horas de la noche, soldados de la Escuela de Infantería de San Bernardo detuvieron, alejados de todo derecho, a Luis Heriberto Contreras Escamilla, militante del PS, en su domicilio ubicado en pasaje Porto Alegre N° 5.742, población Brasilia, de la comuna de San Miguel.
Acto seguido, la referida patrulla militar detuvo, sin derecho, a Luis Heriberto Contreras Peñaloza, de 16 años, miembro del Frente de Estudiantes Revolucionarios del Movimiento de Izquierda Revolucionaria, hijo de Contreras Escamilla, en un inmueble de la población Carbomet correspondiente a la comuna de San Bernardo.
Posteriormente, a ambos detenidos los trasladaron al campo de prisioneros de la Escuela de Infantería de San Bernardo, situado en el cerro Chena, donde los mantuvieron encerrados, sometiéndolos a interrogatorios y malos tratos físicos y psicológicos.
Además, se estableció que en esa época, el campo de prisioneros del cerro Chena se encontraba a cargo del capitán Víctor Raúl Pinto Pérez –actualmente fallecido– y el teniente Alfonso Faúndez Norambuena, ambos del Ejército de Chile.
Que asimismo, en el contexto temporal detallado, cumplieron funciones en el mencionado campo de prisioneros como interrogadores, el subteniente de Ejército Osvaldo Andrés Alonso Magaña Bau, el teniente de Carabineros Sergio Heriberto Ávila Quiroga y los oficiales de la Policía de Investigaciones Óscar Hernán Vergara Cruces –ya fallecido– y Roberto Arcángel Rozas Aguilera.
Que el 15 de noviembre de 1973, al interior del mencionado campo de prisioneros, Luis Contreras Escamilla fue ejecutado, al margen de todo ordenamiento jurídico, mediante múltiples disparos con arma de fuego.