Fallo unánime: Suprema ratifica condena a Krassnoff y agentes DINA por secuestro de cineastas
En fallo unánime, la Segunda Sala de la Corte Suprema confirmó la sentencia que condenó a César Manríquez Bravo, Pedro Espinoza Bravo, Raúl Iturriaga Neumann y Miguel Krassnoff Martchenko a 20 años de presidio, por el secuestro calificado durante la dictadura de Pinochet de los cineastas Jorge Hernán Müller Silva y Carmen Cecilia Bueno Cifuentes.
Esto, luego que el máximo tribunal rechazara los recursos de casación en la forma y en el fondo por los delitos de lesa humanidad ocurridos en noviembre de 1974.
De acuerdo al Poder Judicial, confirmó la sentencia impugnada, dictada por la Corte de Apelaciones de Santiago, que condenó a los agentes de la DINA en calidad de autores del delito mientras que otros 23 exagentes deberán cumplir 12 años de presidio, como coautores.
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Los hechos
De acuerdo al fallo, los delitos de lesa humanidad se remontan al día 29 de noviembre de 1974, donde “Carmen Cecilia Bueno Cifuentes y su pareja Jorge Hernán Müller Silva, militantes del Movimiento de Izquierda Revolucionaria (MIR), fueron detenidos en la vía pública, en calle Francisco Bilbao con Los Leones de Santiago, por agentes pertenecientes a la Dirección Nacional de Inteligencia (DINA) quienes los introdujeron a una camioneta C-10 y los trasladaron al recinto de reclusión clandestino de la DINA denominado Villa Grimaldi”.
“Durante su estada en los cuarteles de Villa Grimaldi y Cuatro Álamos, permanecieron sin contacto con el exterior, vendados y amarrados, siendo en el primero de ellos continuamente sometidos a interrogatorios bajo tortura por agentes de la DINA que operaban en dichos cuarteles”, añade.
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Para cerrar, evidencian que “la última vez que las víctimas Bueno Cifuentes y Müller Silva fueron vistos con vida, ocurrió un día no determinado a mediados del mes de diciembre de 1974, sin que exista hasta la fecha, antecedentes sobre el paradero de ambos, encontrándose desparecidos”.
Por último, se dio a conocer que se condenó al Fisco a pagar una indemnización de $50.000.000 por concepto de daño moral, a la hermana demandante de la víctima Bueno Cifuentes.