Programa Nacional de Prevención del Suicidio: Una brecha que acortar

Programa Nacional de Prevención del Suicidio: Una brecha que acortar

Por: Francisco Javier Lavin Garcia | 28.07.2023
En Chile se ha elaborado el Programa Nacional para la Prevención del Suicidio, que sigue las orientaciones de la OMS en cuanto a determinados aspectos, que resultan laterales a la acción orientada al bienestar de la población Infanto-juvenil, en tanto establece las orientaciones para la creación de un sistema de registro y vigilancia de los índices de suicidalidad en el país y establece criterios conceptuales para comprender y gestionar el riesgo suicida. Sin embargo, en cuanto a la creación de programas de salud mental escolar, basados en la alfabetización en salud mental y suicidalidad, se hace total elusión de la responsabilidad y compromiso por parte del Estado.

Chile es el segundo país en el mundo y primero latinoamericano en suicidalidad infanto-juvenil, según información de la OCDE, lo que implica un gran desafío para el Estado en la promoción del diálogo y el involucramiento de los diversos sectores con el fin de reducir los factores extendidos de riesgo de suicidio en la población general.

Según el “Teorema de Rose” la tarea de reducir la incidencia de un problema tan grande en salud pública como es el suicidio infanto-juvenil, adquiere mayor efectividad al atender a los factores extendidos de riesgo en la población general que focalizando en la población considerada de riesgo propiamente.

Frente a estas consideraciones la Organización Mundial de la Salud, ha realizado recomendaciones para la implementación de Planes Nacionales de Prevención del Suicidio, donde se han definido criterios de accionar que todos los países deben establecer en aras de resguardar la seguridad de los ciudadanos y proteger su vida.

Estas orientaciones involucran:

  • Formación de Profesionales de los Servicios Sanitarios de Respuesta Especializada en Suicidalidad, para valorar el riesgo suicida y ejecutar intervenciones efectivas para su gestión preventiva.
  • Promover la formación a efectivos de seguridad, orden y ayuda ciudadana (bomberos, seguridad municipal, policías, e instituciones que salvaguarden la seguridad de la ciudadanía.) en identificación de alertas de riesgo suicida y acercamiento de la oferta especializada, de manera oportuna.
  • Promover la oferta comunitaria de acompañamiento territorial a las familias que tienen un miembro con riesgo suicida.
  • Promover la oferta de apoyo multinivel a la salud mental escolar en las comunidades educativas.
  • Fomentar el desarrollo de múltiples programas orientados a la salud mental de los estudiantes de escuelas, liceos y colegios, principalmente en dos ámbitos: a) formación a los profesionales para la detección y pronta reacción preventiva frente a la ideación suicida; b) Implementación de programas de prevención universal; selectiva e indicada, en contexto escolar.

Respecto de los programas de prevención universal, se orienta desarrollar intervenciones de alfabetización en salud mental infanto-adolescente y específicamente en suicidalidad. Aumentando así la sensibilización y reduciendo el estigma.

En Chile se ha elaborado el Programa Nacional para la Prevención del Suicidio, que sigue las orientaciones de la OMS en cuanto a determinados aspectos, que resultan laterales a la acción orientada al bienestar de la población Infanto-juvenil, en tanto establece las orientaciones para la creación de un sistema de registro y vigilancia de los índices de suicidalidad en el país y establece criterios conceptuales para comprender y gestionar el riesgo suicida.

Sin embargo, en cuanto a la creación de programas de salud mental escolar, basados en la alfabetización en salud mental y suicidalidad, se hace total elusión de la responsabilidad y compromiso por parte del Estado. Lo que se materializa en un importante obstaculizador del desarrollo de estrategias de promoción de acceso a los servicios de salud y al involucramiento comunitario de las organizaciones barriales para el acercamiento de la oferta especializada a sus miembros requirentes.

En este entendido, un Programa Nacional de Prevención del Suicidio que establece criterios conceptuales de acercamiento a la comprensión del fenómeno y transmite selectivamente ciertas orientaciones, mientras excluye deliberadamente otras relevantes, se constituye en una declaración de intereses, donde se cumple con la tarea de responder a la agenda política en materia de salud pública, pero sin crear la arquitectura de servicio necesaria para prevenir efectivamente el riesgo suicida de los ciudadanos que presentan ideación.

La situación mencionada adquiere alta complejidad al analizar la responsabilidad de las comunidades educativas de nuestro país, que se ven muchas veces maniatadas en múltiples ámbitos para poder incidir efectivamente en materias de salud mental y prevención del suicidio. Siendo un secreto a voces, que sin voluntad política termina siendo acallado.

La oferta del Estado en materia de salud mental escolar es desarticulada, en cuanto los diferentes ministerios tienen comprensiones excluyentes del fenómeno y generan programas que sobre intervienen a la niñez y adolescencia junto a sus familias.

La discusión mezquina acerca de la ideología de la familia cristiana y el enfoque de género en la sociedad actual impide los avances en materia de promoción y defensa de los derechos de la niñez, que no puede acceder a educación en sexualidad, auto mutuo cuidado y convivencia respetuosa.

Y en lo relativo a las orientaciones de la OMS para reducir las tasas de suicidio en población escolar, se evidencia que la implementación de oferta universal de alfabetización en salud mental y suicidalidad es “Tabú” en Chile y por tanto se advierte excluido del Programa Nacional para la Prevención del Suicidio, principal estándar en materia de respuesta estatal para afrontar el más grave problema de salud pública que una sociedad puede manifestar.

Las comunidades educativas requieren de una arquitectura clara y definida en materia de la articulación de las prestaciones de los servicios sanitarios, orientadas a la prevención de la suicidalidad, en vínculo estrecho con los establecimientos educacionales, de modo que se otorgue premura al proceso de atención, acompañamiento, intervención y seguimiento de niños y adolescentes que presentan riesgo suicida. Este requerimiento debe expresarse en los siguientes mecanismos de exigibilidad:

a) Vinculación territorial de todos los establecimientos educacionales con sus centros de referencia en salud mental comunitaria (para realizar indagación de ideación suicida y valoración de riesgo, entregando primeros auxilios psicológicos y vinculando al servicio de hospitalización en psiquiatría y salud mental cuando es requerido).

b) Vinculación de todos los establecimientos educacionales con sus centros especializados en salud mental y psiquiatría de la red de salud pública (generando posibilidad de hospitalización cuando es requerido, según la valoración de riesgo efectuada por el servicio de vinculación y primer auxilio psicológico).

c) Reconocimiento del fenómeno de la suicidalidad (ideación suicida – Amenaza de suicidio – Intento de suicidio – Suicidio consumado) como un Síndrome requirente de una respuesta establecida desde el sistema de salud pública.

d) Reconocimiento e Incorporación del “Sindrome de Suicidalidad” en el registro de Problemas y trastornos de salud mental reconocidos por el Sistema GES.

Lo descrito se constituye en una línea base sobre la cual los profesionales de intervención en salud mental escolar podrán gestionar preventivamente el riesgo suicida de los/as alumnos/as de su comunidad educativa.

Las familias se sentirán acompañadas y respaldadas en la tarea de cuidar la vida de sus hijos/as y/o niños/as a su cargo, superando la desconfianza en el sistema de salud, la desesperanza de contar con respuesta especializada pertinente y oportuna a sus necesidades de salud y la percepción de lejanía e inaccesibilidad de los servicios, que se constituye en principales obstaculizadores de la búsqueda de ayuda en salud mental por parte de los/as ciudadanos/as chilenos/as.