Convención y consulta indígena: Aprueba estándar y “consentimiento” de pueblos originarios
"Los pueblos y naciones preexistentes al Estado deberán ser consultados y otorgar el consentimiento libre, previo e informado en aquellas materias o asuntos que les afecten en sus derechos reconocidos en esta Constitución", es lo que señala el inciso segundo artículo 7 del informe de la comisión de Forma de Estado aprobado por el pleno de la Convención Constitucional.
Elisa Loncon, constituyente por el pueblo mapuche, explicó que esta nueva norma "es parte de los derechos, la Convención y la nueva Constitución tiene que instalar el estándar mínimo de derechos humanos y colectivos de los pueblos".
Esto para que sea "una Constitución actualizada en los avances de la democracia y de los vínculos de los pueblos y el Estado, entonces que los convencionales hayan avanzado a comprender que eso tiene que ser así, es un salto importante en lo político, en el diálogo".
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Actualmente como Chile ratificó el Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), el Estado tiene la obligación de hacer una consulta indígena ante cualquier tema que afecte directamente a las comunidades indígenas.
En tanto, su par de la Democracia Cristiana (DC), Fuad Chahín, acotó que "va a ser de muy difícil aplicación práctica", porque para determinar quién tiene que expresar ese consentimiento "ya es muy complejo".
El artículo fue votado en particular de forma íntegra, es decir, nadie solicitó votar por separado cada inciso. De esta forma fue aprobado por 107 votos a favor y 43 en contra y por lo tanto el artículo formará parte de la propuesta de nueva Constitución.