Corte de Apelaciones prohíbe traslado de carabinera que denunció acoso sexual de capitán

Corte de Apelaciones prohíbe traslado de carabinera que denunció acoso sexual de capitán

Por: El Desconcierto | 11.02.2022
La institución ordenó el traslado de una funcionaria un año después de que denunció a su superior, el capitán Jessy Carrillo, por acoso sexual y laboral. La decisión fue tomada pese a que el proceso administrativo sigue en curso y no han existido sanciones, ante lo que la mujer acudió a la Justicia. La abogada de Afem Tarapacá, Ada Aguirre, sostiene que Carabineros no estaría respetando acuerdos suscritos por Chile contra la violencia hacia la mujer y aseguró que "esto a todas luces parece algo irregular".

La Corte de Apelaciones de Temuco prohibió temporalmente el traslado de una funcionaria de Carabineros que había sido destinada a una comisaría en la Región del Biobío desde Angol luego de denunciar por acoso sexual y laboral a un capitán de su prefectura.

La medida impuesta por el tribunal de alzada se materializó a través de una orden de no innovar luego de que la funcionaria interpuso un recurso de protección ante la Justicia el 29 de diciembre del año pasado.

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La defensa de la carabinera sostiene en dicho documento que la decisión administrativa fue establecida con el objetivo de separarla del denunciado, sin embargo, la principal afectada con el traslado finalmente sería ella y no quien la habría acosado.

Por su parte, la institución asegura que el traslado se dispuso con "estricto apego al ordenamiento jurídico vigente" y descarta que la medida respondiera a la denuncia, sino que se habría fundado en "satisfacer un eficiente rodaje administrativo y un mejor aprovechamiento de las aptitudes de la funcionaria". Junto a esto, pidió rechazar el recurso de protección, lo que hasta la fecha no ha ocurrido.

Trasladada tras denunciar

La denunciante ingresó a la policía uniformada en junio de 2014 y su primer lugar de trabajo fue en la 8° Comisaría de Colina un año después. Posteriormente renunció a la institución en 2017 y se reincorporó durante el estallido social, en diciembre de 2019, momento en que empezó a cumplir labores en la 1° Comisaría de Angol.

En esta última unidad, la mujer conoció al capitán de Carabineros Jessy Carrillo Valladares, a quien denunció por acoso sexual y laboral el 10 de diciembre de 2020. Además de esto, el 6 de enero del año pasado ingresó una denuncia contra el oficial en la fiscalía militar.

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Cuatro meses más tarde, la prefectura Malleco autorizó que efectuara labores en la oficina de postulaciones de la repartición "con la finalidad de separar a la víctima/denunciante del denunciando y, con ello, evitar la reiteración de las conductas denunciadas", según explica Carabineros.

Finalmente, un año después de la denuncia, la Dirección Nacional de Personal de la institución le informó a la funcionaria que sería trasladada a la 3° Comisaría de la prefectura del Biobío. Pero el movimiento no se concretó porque la denunciante estaba con licencia médica y posteriormente interpuso el recurso de protección.

"Arbitrario, repentino y carente de fundamento"

La defensa de la mujer argumenta que el traslado "busca separar a víctima y victimario, quienes se desempeñan en una misma comisaria, no obstante, llama profundamente la atención que se tome la medida de cambiar a la víctima de su lugar de trabajo acarreando con ello más dolor y afectación psíquica a la ya vivida por la vulneración en el ámbito laboral y sexual y no a quien aparece denunciado como victimario y que goza de mayor grado en la institución".

Además, en la acción judicial agrega que la medida se realizó con carácter de inmediata, por lo que la mujer no tuvo otra opción de reclamación más que acudir a la Justicia para poder mantener "las condiciones mínimas para poder desarrollar una vida familiar y de esa manera continuar con las labores profesionales y también mantener una cercanía y convivencia con su núcleo familiar"

"Actualmente y producto del traslado a la región del Biobío la recurrente se encuentra profundamente afectada, con angustia e incertidumbre por lo arbitrario, repentino y carente de fundamento de la decisión del mando de Carabineros, quienes no han tomado en cuenta, en absoluto, los antecedentes fácticos de salud, familiares, y personales, como asimismo, la inconveniencia de materializar dicho traslado", concluye.

Respuesta de Carabineros

Desde Carabineros solicitan rechazar el recurso de protección que actualmente se encuentra vigente expresando que la decisión fue únicamente para cumplir de mejor manera con la misión de la institución.

La policía uniformada expone que la medida estuvo "fundada en las necesidades propias de la institución" y recalcó que las autoridades pertinentes tienen dentro de sus atribuciones "disponer el traslado del personal que estime pertinente".

"A su vez, la institución, por razones del servicio, se encuentra facultada para destinar a sus funcionarios a distintas localidades del país, atribución que no puede verse limitada por la conveniencia personal de quienes son trasladados, pues en su ejercicio debe primar el interés público", añade.

Falta de celeridad

La abogada de Afem Tarapacá, Ada Aguirre, cuestiona el largo plazo que se ha tomado Carabineros para investigar y concluir el proceso administrativo surgido de la denuncia de la funcionaria. El procedimiento sigue abierto en su etapa final, pese a que la denuncia fue presentada hace más de un año. "Esto a todas luces parece algo irregular y que perjudica la integridad de la víctima y su protección", comenta en conversación con El Desconcierto.

"Para hacer un paralelo con la normativa laboral que rige las relaciones entre privados, existen disposiciones en el Código del Trabajo que establecen que, cuando se realiza una denuncia por acoso sexual al empleador, este tiene la obligación de hacer una investigación con un plazo máximo de treinta días", explica Aguirre.

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Además, la abogada opina que "cambiar de un lugar a otro a la denunciante constituye una medida que no se condice con la dignidad de la persona y la protección que debe tener, en este caso, la mujer que denuncia (...) Chile está suscrito a la convención de Belem do Pará y establece obligaciones al Estado, que tiene que ver con el resguardo de las mujeres víctimas, denunciantes, de cualquier tipo de violencia"

"En este caso, evidentemente la conducta de acoso sexual se entiende como un acto de violencia hacia la mujer y más en una institución pública que representa al Estado que tiene el deber de protección y de sanción de este tipo de casos. Entonces la víctima (...) que ya habiendo sido vulnerada al haber sufrido conductas de acoso sexual, ahora está siendo vulnerada por su propia institución", agrega.

Respecto a la respuesta de Carabineros, Aguirre sostiene que "este no es un caso cualquiera, por lo tanto, no se puede tomar como una facultad discrecional sin mirar el contexto en que se está dando esta decisión".