Proceso constituyente: oportunidad para repensar la Transformación Digital de Chile (2)
Por: Didier de Saint Pierre y Nancy Hitschfeld | 23.06.2021
La Constitución debería abordar varios temas relacionados con esta dimensión. El primero de ellos es el derecho a existir en este nuevo universo, lo llamaremos el derecho a disponer de una identidad en el mundo virtual, que se podría plasmar por ejemplo en una identidad digital entregada al nacer, similar al RUN. Esto sin dudas facilitaría muchas transformaciones relacionadas con el gobierno digital, en particular mejorar la relación del Estado con la ciudadanía. Y aquí surge otro posible derecho, el derecho a relacionarse digitalmente con el Estado.
En una columna anterior planteábamos la necesidad de aprovechar el proceso constituyente para reflexionar y sentar las bases del proceso de transformación digital del país. En esta, identificaremos las áreas que debieran ser abordadas en la conversación sobre Constitución y Transformación Digital. Para ello, utilizaremos el modelo de la OCDE “Going Digital Integrated Policy Framework” para definir sus políticas en este ámbito, las cuales agrupa en siete categorías: 1) acceso; 2) uso; 3) innovación; 4) trabajos; 5) prosperidad social; 6) confianza; y 7) apertura del mercado. Sin más, vamos por ellas:
- Acceso: El acceso a las infraestructuras y a los servicios de comunicaciones, así como a los datos, es esencial para la transformación digital del país. La nueva Constitución deberá ser un instrumento que nos permita disminuir la brecha digital, en particular deberá garantizar el acceso universal a las redes digitales de información y a los servicios que estas otorgan. Probablemente será parte de la discusión del Chile que queremos, determinar quién(es) tiene(n) la responsabilidad de invertir en la infraestructura de comunicaciones, en particular en las zonas rurales o poco densas, o dicho en otras palabras, quiénes serán los(las) dueños(as) de las carreteras digitales que integrarán al país, garantizando que todo el tráfico sea tratado de la misma forma (neutralidad de la red).
- Usos: El uso efectivo de internet permite a las personas participar en la sociedad, a las empresas aumentar la productividad y al gobierno digitalizarse, ser más accesible y adoptar un enfoque impulsado por el/la usuario(a). La Constitución debería abordar varios temas relacionados con esta dimensión. El primero de ellos es el derecho a existir en este nuevo universo, lo llamaremos el derecho a disponer de una identidad en el mundo virtual, que se podría plasmar por ejemplo en una identidad digital entregada al nacer, similar al RUN. Esto sin dudas facilitaría muchas transformaciones relacionadas con el gobierno digital, en particular mejorar la relación del Estado con la ciudadanía. Y aquí surge otro posible derecho, el derecho a relacionarse digitalmente con el Estado. En particular, la documentación electrónica es un elemento sustancial y transversal a la digitalización de los procesos en todos los ámbitos. La Ley de Transformación Digital que está a punto de entrar en vigencia obliga su uso por una parte del Estado (poder ejecutivo), pero no establece la obligatoriedad de la interoperabilidad entre los poderes del Estado y nada en el ámbito privado. Del mismo modo, si la firma electrónica avanzada fuese reconocida como parte de los derechos digitales de las personas, se reduciría una de las grandes barreras para su uso masivo, siendo hoy factible que estuviese habilitada para todos en la cédula de identidad.
- Datos: En el universo digital muchos datos debieran ser considerados “bienes públicos”. Hablamos de fortalecer el concepto de datos abiertos, es decir, la obligación de publicar de manera accesible y utilizable los datos, exceptuando aquellos que sean clasificados como privados. Esto se puede lograr con un “data lake” (repositorio de almacenamiento que contienen una gran cantidad de datos en bruto y que se mantienen allí hasta que sea necesario) estatal con distintos niveles de seguridad, desde datos completamente públicos a otros completamente privados.
- Innovación: La innovación digital es un motor fundamental de la transformación digital, que conduce a profundos cambios en la forma en que las personas interactúan, crean, producen y consumen. No sólo da lugar a nuevos bienes y servicios, sino que también crea oportunidades para nuevos modelos de negocio y mercados, así como para la eficiencia pública. Las tecnologías que soportan el nuevo universo digital, así como la disponibilidad de volúmenes inagotables de datos, estimulan la innovación en una amplia gama de sectores que incluyen salud, educación, ciencia, finanzas, seguros, transportes, energía, agricultura, manufactura, así como el propio sector de las TIC. La improvisación en los recientes intentos de regulación de empresas innovadoras como Uber, Netflix o Airbnb habla de la inexistencia de un modelo que nos permita comprender este tipo de innovaciones y clama a favor de un marco regulador que favorezca la innovación, o al menos que elimine las trabas a la creación del nuevo conocimiento y nuevos servicios en línea, y al mismo tiempo regule estas nuevas actividades teniendo como norte al beneficio social.
- Trabajo: La transformación digital ha cambiado profundamente a las organizaciones y a los mercados, y esto plantea preguntas relevantes sobre qué puestos de trabajo podrían desaparecer y cuáles serán los nuevos, qué competencias se requerirán, etc. En el contexto de la discusión constituyente, deberemos reflexionar acerca de los profundos cambios que sufrirá el mercado laboral y su impacto en los derechos de las y los trabajadores, poniendo especial énfasis en abordar las regulaciones en torno a las nuevas formas de trabajo (tales como el trabajo a distancia o teletrabajo) y las consecuencias de la fuerte automatización y robotización de muchas tareas tradicionalmente desarrolladas por personas, y su consiguiente impacto en el empleo. El derecho a contar con una red de protección social adecuadamente financiada será crucial para enfrentar estas turbulencias.
- Prosperidad Social: Como ya lo hemos enfatizado, lo digital cambia drásticamente las formas en que las personas, las empresas y los gobiernos interactúan entre sí. En virtud de que la Constitución es por esencia el lugar que determina la estructura política del Estado, su funcionamiento, los órganos de poder, sus atribuciones y las relaciones entre ellos, así como los procedimientos para resolver los conflictos en el interior de la comunidad, la nueva Constitución debe ser inspiradora de nuevas formas de implicación y protagonismo ciudadano en sus distintas expresiones, tanto a nivel país como a nivel local; debe garantizar que la tecnología esté al servicio de la ciudadanía, contribuya al fortalecimiento del sistema democrático y de la política y facilite compartir la responsabilidad de las decisiones políticas, creando nuevos espacios de diálogo, reflexión social, acceso a información, ejercicio de los derechos de participación y políticos, y mejora de los procesos electorales. Conceptos tales como democracia directa electrónica, democracia líquida o democracia delegativa revocable, voto electrónico, entre otros, debieran ser abordados en este capítulo. Otros temas de enorme relevancia en esta dimensión son:
- Educación: Internet no sólo es el mayor compendio de conocimiento, y por ende la enciclopedia del siglo XXI: también ofrece nuevos modelos de enseñanza/aprendizaje basados en educación a distancia, videojuegos y una pléyade de recursos educativos interactivos que revolucionarán la adecuación. No sólo eso: es altamente probable que para entender a cabalidad cómo funciona el mundo actual, las niñas y niños deberán tener acceso al pensamiento computacional y desarrollar competencias en programación. (A modo de ejemplo, en Europa no se aprobó la idea de votar electrónicamente porque lxs ciudadanxs no tienen la formación para entender cómo funciona y creer que el sistema sea seguro). Finalmente, la alfabetización digital deberá ser considerada un derecho, en el contexto más amplio del derecho a la educación.
- Salud: La teleconsulta, el monitoreo remoto de pacientes, la predicción de enfermedades, entre otras, están transformando de manera radical la forma tradicional de practicar la medicina. Las tecnologías digitales encarecen los costos, pero mejoran la prevención, los diagnósticos y tratamientos. ¿Cómo haremos para garantizar el acceso universal a este conjunto de nuevas tecnologías sanitarias?
- Desarrollo sostenible: Tanto el Acuerdo de París como el Informe de los Objetivos de Desarrollo Sostenible 2019 de la ONU son inequívocos en señalar que las tecnologías digitales son fundamentales para la puesta en práctica de medidas de mitigación y adaptación. La Inteligencia Artificial (IA), Internet de las Cosas (IoT) y Big Data, por ejemplo, permiten una mayor agilidad y eficiencia respecto a los recursos naturales y al monitoreo del medioambiente, generando así la posibilidad de reducir la polución, aumentar la productividad y evaluar alternativas que favorezcan tanto a un nivel ecológico, como social y económico. Según PwC, el uso de estas tecnologías para aplicaciones ambientales podría contribuir con hasta 5,2 billones de dólares a la economía mundial en el año 2030 y reducir las emisiones globales de gases de efecto invernadero en un 4%. Un desafío complementario es hacer sostenible el propio uso de la tecnología digital, gran consumidora de energía.
- Confianza: Para adoptar y beneficiarse plenamente de la transformación digital, las personas, las empresas y los gobiernos deben confiar en este nuevo entorno, es decir, deben sentirse seguros de que pueden participar en el entorno digital para llevar a cabo sus actividades sociales y económicas sin correr grandes riesgos. Es aquí donde la formación en pensamiento computacional es fundamental. Es cierto que los derechos fundamentales no nacen ni mueren con el mundo digital. Principios como la privacidad, la libertad de expresión, etc., siguen tan vivos como siempre, pero no es menos cierto que las dinámicas del mundo digital obligan a modificar la manera de controlar su cumplimiento por parte de las autoridades e incluso su ejercicio por parte de todos nosotros y su protección por parte de los grandes jugadores de la nueva economía. Es en este ámbito donde aparecen numerosos derechos que deben ser revisados o reinterpretados: derecho a la protección de datos, protección de la privacidad e intimidad de las personas, derecho al olvido, derecho a la rectificación, la protección de menores en el entorno digital, libertad de expresión y libertad de información, derechos ante la Inteligencia Artificial, derechos digitales en el empleo de las neurotecnologías, etc. Es también en este ámbito donde aparecen deberes de lxs ciudadanxs relacionados con la no creación y/o difusión de información falsa, el uso de la información sólo para los fines con que fue entregada, el no cruce de bases de información personales no autorizados, etc.
- Inteligencia artificial: Este tema de moda, en el cual la Unión Europea ya ha publicado su propuesta el pasado abril, debe ser otro aspecto a ser considerado en la nueva Constitución. Esto incluye prohibir algunos tipos de aplicaciones como vigilancia pública vía reconocimiento facial y regular otras aplicaciones que pueden dañar psicológica o físicamente a seres humanos, impidiendo discriminación por género, edad, etnia, nivel económico, etc.
- Apertura del mercado: Las tecnologías digitales están transformando el entorno en el que las empresas compiten, comercian e invierten, creando un mercado abierto que no reconoce fronteras y genera grandes oportunidades. Es necesario favorecer la participación de empresas nacionales en este nuevo entorno, y asegurar que compitan en igualdad de condiciones con las extranjeras y sin restricciones excesivas. Será una tarea también pensar en un sistema de “impuestos digitales”.
A modo de conclusión, queremos enfatizar dos consideraciones:
- Siempre existe la tentación de legislar de manera específica para cada nueva tecnología, en circunstancia que la experiencia indica que es mejor legislar lo más ampliamente posible para incluir tecnologías futuras. Un ejemplo de esto son los neuroderechos donde, en vez de separar el ser humano en el cerebro y el resto del cuerpo, se pueden extender los conceptos para que sean independientes del contenedor. Por ejemplo, la privacidad de los datos debiera ser la misma en un medio físico digital que en la mente de una persona.
- No todos los temas aquí referidos serán materia constitucional, pero es fundamental que la decisión de incluirlos o no sea un acto consciente, y no una consecuencia de no haberlo pensado, una variante del “no lo vimos venir”.
Esperamos que el país aproveche esta tremenda oportunidad para dar el salto.