Ministerio de Energía suspende medición de “hora punta” que castiga exceso de consumo durante cuatro meses

El Ministerio de Energía definió vía decreto suspender la medición de horario punta y el recargo por energía adicional de invierno para los meses de abril, mayo, agosto y septiembre, por lo que este se mantendrá vigente solo en junio y julio.
Por Carolina Ceballos 9 de marzo de 2021 - 00:00

Con el objetivo de fomentar la actividad económica, proteger el empleo y aportar al cuidado del presupuesto familiar, el Ministerio de Energía definió vía decreto suspender la medición de horario punta y el recargo por energía adicional de invierno para los meses de abril, mayo, agosto y septiembre. Es decir, este se mantendrá vigente solo en junio y julio.

“Esta medida excepcional -que fue aplicada exitosamente el año pasado- es complementaria con otras que hemos adoptado como gobierno para dar un impulso concreto a nuestra economía y cuidar el bolsillo de los chilenos”, dijo el ministro de Energía, Juan Carlos Jobet.

“A nivel de las Pymes, comercio e industrias, permite compatibilizar mejor los turnos de trabajo con las restricciones de las cuarentas, toques de queda y resguardos sanitarios”, detalló el secretario de Estado.

El titular de Energía resaltó que a nivel de los hogares, esta decisión permite evitar que el aumento del consumo generado en la pandemia sufra un recargo que impacte la cuenta eléctrica por “límite de invierno”.

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Las “horas punta” son aquellas en las que el sistema eléctrico presenta sus mayores niveles de consumo. Históricamente estas han correspondido al período comprendido entre las 18:00 a 22:00 horas, entre abril y septiembre.

El control de demanda en horas punta entrega una señal de precio en periodos de mayor exigencia del sistema, para que los clientes racionalicen su consumo eléctrico.

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