¿Greenwashing o realidad? Informe Unesco asegura que plantaciones de paltos son bosques que generan nuevos ecosistemas y biodiversidad
En la portada del documento –elaborado por el Centro Regional del Agua para Zonas Áridas y Semiáridas de América Latina y el Caribe Centro Categoría II el Programa Hidrológico Internacional (Cazalac)– aparece la imagen de un águila mora, con una palta entre sus patas.
El estudio se llevó a cabo en el año 2019 a cargo de 6 profesionales del área ambiental, forestal y jurídica, integrando a la Conaf en su calidad de observador. Trabajo realizado desde mayo a diciembre, en diferentes días de la semana “especialmente” sábados y domingos donde existe menor actividad humana.
“Estado del arte ambiental de plantaciones de Persea americana Mill en Chile”. Fuente: CAZALAC
Como área principal de estudio o “unidad muestral”, se eligió predio “Santa Marta” perteneciente a la empresa “Agrícola Bulnes”, ubicado en la comuna de Panquehue, provincia de San Felipe, región de Valparaíso.
Las primeras páginas del documento afirman que la palta es parte de la cultura alimentaria en Chile, que la Persea americana (palta Hass) no es introducida, pues tiene relación con la especie nativa Persea lingue; además posee beneficios medicinales y terapéuticos, principalmente la avocatina, capaz de eliminar células cancerígenas. Asegura que las plantaciones de paltos generan nuevos ecosistemas y biodiversidad, más humedad y materia orgánica que en un matorral nativo (menciona la existencia de diversas especies) señala la presencia de abejas nativas que se alimentan del néctar de las flores de palto, generando beneficios para el ecosistema nativo.
Paradójicamente, el estudio afirma que la Provincia de San Felipe conforma un cultivo comercial con reemplazo de la vegetación nativa, generando un ecosistema menos diverso que el matorral nativo; al inicio de las plantaciones se produce un cambio en el ecosistema, debido a la remoción de vegetación presente y cambios en la fauna.
La sequía es un fenómeno natural
El capítulo 2 entrega una singular definición del concepto “sequía” asociada a un fenómeno “natural” que puede detenerse con plantaciones de Persea americana, definida por la Convención de Naciones Unidas como una especie que lucha contra la desertificación, sequía y degradación; entregando además un soporte a la preservación de los ecosistemas, conservando humedad y mejorando la RESILIENCIA de las poblaciones de flora y fauna afectadas por la sequía y escasez de alimentos; formando una nueva biodiversidad en ecosistemas semiáridos, mitigación al cambio climático, compactación del suelo evitando deslizamientos, protegiendo de la erosión hídrica y eólica gracias a la cubierta de las hojas de los paltos y a sus raíces.
Advierte que las plantaciones de paltos no son reversibles y que es fundamental preservar los ecosistemas naturales, manteniendo una relación virtuosa entre ambos hábitats, pues los paltos adultos logran una mayor absorción de CO2, liberación de oxígeno y tienen mayor superficie foliar que la vegetación nativa. Además reconoce que el palto no pertenece a la flora nativa, por tal motivo se deben conservar áreas de especies nativas del entorno.
Observa que en el caso de encontrar nidos de aves protegidas (en zonas de plantaciones) estos deben ser trasladados a zonas de protección.
A petición de Cazalac, el capítulo 3 lo desarrolla Conaf en su rol de observador. Dentro de algunos puntos menciona que las plantaciones de paltos de 1990 han recuperado el suelo, con una baja acidificación, no hay signos de erosión, ausencia total de especies vegetales distintas al palto, lo que concluye que la hojarasca impide la germinación de maleza. Propone que paltos que estén a la altura de 2 metros se asocien a una formación vegetal arbustiva tipo “xerofítica”
El capítulo 4 se apoya en la sequía del año 1968, aludiendo además que el 65% de Chile está sujeto a desertificación.
Se menciona a la “Oasificación” como la creación de espacios con vegetación, a través de un suministro hídrico seguro, donde las plantaciones antiguas “disminuyen” factores que provocan erosión; existe un efecto protector del suelo, pero no al nivel de la condición nativa.
Asumen un peligro en los primeros 2 años de plantación, pues el riesgo de erosión potencial es alto, asegura que ocurren derrumbes y deslizamientos y son peligrosos, pero se mitiga con más plantaciones.
A modo de expiación de conciencia con la emblemática comuna de Petorca, el capítulo 5 defiende su reputación afirmando que la zona está en “constante sequía” según lo establece el Estado de Chile, Decreto Supremo 1.422 del Ministerio del Interior, reconociendo oficialmente que es una situación “constante” no vinculada bajo ningún aspecto a un cultivo.
Agrega que las “zonas de catástrofes por sequía” se deben observar desde una perspectiva histórica (Decreto 1.128 Ministerio del Interior) y en este caso se debe a un historial climatológico validado y verificado.
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Son bosques y no monocultivos
Como refiriéndose a un contexto aparte (y no a Chile propiamente tal), el documento asevera que las plantaciones de paltos no son “monocultivos”; según la FAO, monocultivo es el “uso reiterado de una misma especie en el mismo suelo”, a diferencia de palta Hass, cítricos y nísperos que se plantan una sola vez, a largo plazo y además permiten la recuperación de suelo, biodiversidad y uso eficiente del agua. Explica que las plantaciones de Persea americana tienen un historial positivo de 70 años en Chile y están catalogados de “bosque” según la definición que establece la ley 20.283, artículo 2 “Recuperación del bosque nativo, sitio poblado con formaciones vegetales en las que predominan árboles y que ocupa una superficie por lo menos de 5 mil metros cuadrados…”
En un tono de causticidad se destaca la gentileza de los dueños de predios, quienes de manera íntegra y gratuita proveen de agua para las APR, demostrando con este hecho, la integración de las comunidades.
Tal vez lo más caricaturesco de este capítulo es la creación de un “monumento a la palta” en el huerto California, (comuna de Quillota) predio de mayor antigüedad de Persea americana, el cual desde el año 1949 ha combatido sequías, cambio climático y 13 años de abandono (por cambio de dueño) razones de sobra para convertirlo en un “Área de Conservación Científica”
A modo de escudo, el capítulo 6 realza los aspectos normativos y jurídicos existentes en Chile; dejando en claro que los organismos públicos se encargan de velar por el cumplimiento jurídico relacionado con la agricultura y en particular la palta.
El capítulo 7 menciona conclusiones generales y el capítulo 8 destaca 14 objetivos que cumplen con el Desarrollo Sustentable, como son: Fin de la pobreza, Hambre cero, Salud y bienestar, Agua limpia y saneamiento, Ciudades y comunidades sostenibles, Producción y consumo responsable, Acción por el clima, Vida de ecosistemas terrestres, Paz justicia e instituciones sólidas, Alianzas para lograr objetivos (nueva alianza con CAZALAC y CONAF)
¿Greenwashing o realidad?
Debido a una serie de contradicciones, como datos incompletos y procedimientos poco efectivos, las conclusiones del informe deben ser analizadas con especial cuidado.
En primer lugar, la metodología aplicada no integra en el trabajo de campo el uso de cámara trampa o trampas Sherman (para evidenciar presencia de fauna) existen datos incompletos (que el documento reconoce) y no se contabilizan especies, sólo se nombran; lo cual puede atribuirse a una presencia casual y no a su permanencia en el lugar.
No se hace mención a la problemática del agua y la desigualdad que provoca su privatización con las comunidades.
La imagen del águila con la palta pertenece a un predio de Santiago y no al lugar de estudio. Es importante aclarar que las aves rapaces son carnívoras y no vegetarianas. Para comprobar la presencia de fauna, la observación se debe realizar de manera continua y no sólo en momentos de poca actividad o presencia humana (fines de semana)
Las contradicciones del estudio son evidentes, por un lado afirma que los paltos “salvarán al planeta de la desertificación” y por otro, reconoce que las plantaciones de paltos nunca se podrán comparar al matorral nativo, porque generan un ecosistema menos diverso, provocando cambios en la vegetación y fauna, siendo fundamental preservar ecosistemas naturales al existir peligro de derrumbes y deslizamientos.
En cuanto a legalidades, un profesional que trabaje en el área ambiental, conoce la ley de caza y sabe que está PROHIBIDO remover nidos y madrigueras, es una acción inviable que causa la muerte a los polluelos; está expresado claramente en el artículo 5 de la ley.
En relación al concepto de bosque, la FAO incluye dentro de su definición de bosques a las plantaciones de árboles, motivo por el cual este estudio atribuye que plantaciones de paltos son bosques, que deben considerarse como una especie xerofítica; ante lo cual la botánica es sumamente explícita al describir una especie xerofítica como aquella capaz de “sobrevivir” en un ambiente con poca agua, al contrario del palto que es manipulado y necesita riego permanente.