Expertos explican los riesgos de la Ley de Inteligencia que se discute en el Congreso
Este martes, la Comisión de Defensa de la Cámara de Diputadas y Diputados está obligada a discutir el proyecto de ley que moderniza el sistema de inteligencia nacional, conocido como la "Ley de Inteligencia".
Una iniciativa que no ha estado exenta de polémica, y que el Ejecutivo ha insistido en tramitar en plena pandemia, a través de 11 "urgencias sumas", presentadas entre el 3 marzo y el 2 de julio de este año.
Sin embargo, y a pesar de que la legislación se encuentra ya en su segundo trámite legislativo, es normal que la mayor parte de los ciudadanos no conozcan su contenido, motivo por el que te ilustramos acerca de los aspectos más controversiales del proyecto.
Ampliación de facultades
La iniciativa ha sido criticada por implicar aplicación de la denominada "Doctrina de Seguridad Nacional", considerando a las organizaciones sociales y al movimiento popular como “enemigo interno”.
En ese sentido, el doctor en Derecho de la Universidad de Chile, Claudio Nash Rojas, explicó que la "Ampliación de facultades del Sistema de Inteligencia" que contempla la ley, implicaría un verdadero cambio de paradigma en la inteligencia nacional, desde uno que procesa información a uno que recolecta información. Sin embargo, dicho cambio traería consigo una serie de riesgos.
"Esta ampliación de facultades significa un cambio de paradigma, conforme se pasa de un sistema de procesamiento de información, a un sistema de inteligencia proactivo de obtención de datos e información (búsqueda, obtención, evaluación, integración, tratamiento y almacenamiento no son términos neutrales). Esto es muy significativo ya que, a futuro, las políticas de inteligencia, las decisiones de los sistemas militares y policiales sobre inteligencia en sus distintos niveles y su evaluación, se deberán realizar a partir de este nuevo paradigma de inteligencia proactiva", comienza explicando Nash en una columna publicada en Ciper.
"Es relevante este cambio porque, en Chile, la investigación proactiva puede extenderse a fuentes cerradas y, por tanto, se puede acceder a datos personales sin necesidad de una ley especial que regule dichas acciones. Esto es particularmente grave, ya que se estaría afectando un derecho fundamental altamente sensible, como es la protección de datos personales, a través de una decisión que tomarían las autoridades encargadas de la inteligencia (policial, militar), con un control judicial muy débil, como el que hoy existe. Esto es, sobre la base de una petición ante Ministro Corte de Apelaciones, que la evalúa y autoriza, pero no la controla ni queda registro de los antecedentes para un posterior escrutinio de sus resultados. Nada de esto se corrige en el proyecto de ley", agrega el académico y también Coordinador Cátedra de Derechos Humanos de la Universidad de Chile.
A este respecto, el profesor de derecho de la misma casa de estudios y uno de los invitados a exponer a la Comisión de Defensa de la Cámara sobre este tema, Daniel Álvarez Valenzuela, sostuvo en conversación con Radio Bío Bío que desde su perspectiva "cuando se discutan las indicaciones que incorporan expresamente referencias a la obtención de datos personales, (debiese) quedar establecido que si la agencia quiere operar con datos personales debe contar con autorización judicial previa. Pero además debemos reforzar el sistema de autorizaciones judiciales. Está bastante demostrado que el mecanismo de autorizaciones judiciales (se realizan ante un ministro designado por cada Corte de Apelaciones) tal cual hoy día se establece en la ley, resultó ser insuficiente. El sistema judicial falló en casos como la Operación Huracán y la interceptación telefónica a un periodista, por ejemplo".
Finalmente, sobre este punto, Claudio Nash añade que además "el proyecto contempla que esta recolección de datos e información sensible para las personas, protegidas constitucionalmente, se podrá realizar inclusive a través de “agentes encubiertos”, los que se podrán infiltrar en organizaciones sociales y la decisión de qué organizaciones se investigan dependerá del Director de la ANI, esto es, una decisión política, sin ningún control judicial. Un nuevo paso hacia el control político de la protesta social".
Redefinición de contrainteligencia
Actualmente la ley define contrainteligencia como “aquella parte de la actividad de inteligencia cuya finalidad es detectar, localizar y neutralizar las acciones de inteligencia desarrolladas por otros Estados o por personas, organizaciones o grupos extranjeros, o por sus agentes locales, dirigidas contra la seguridad del Estado y la defensa nacional”.
No obstante, la nueva legislación pretende ampliar esta definición, para que se consideren como objetivos de contrainteligencia a organizaciones tanto nacionales como extranjeras.
Al respecto, Claudio Nash sostiene que de aprobarse este proyecto, "las organizaciones sociales, sindicales, estudiantiles y políticas podrán ser consideradas, legalmente, como “enemigo interno” y ser equiparadas al tratamiento que se da a organizaciones terroristas y del crimen organizado y narcotráfico. Esta visión corre el riesgo de politizar las acciones de inteligencia en el nuevo diseño proactivo que propone el proyecto; además, esta ha sido la experiencia de organizaciones sociales y organizaciones mapuche en tiempos recientes (como ocurrió en la Operación Huracán)".
Unificación del Sistema de Inteligencia
Esta ley, en caso de aprobarse, creará un Sistema de Inteligencia bajo un mando único, liderado por el director de la ANI, quien deberá elaborar una Estrategia Nacional de Inteligencia cuya planificación durará por un periodo de cuatro años. En ese sistema se agrega la figura de Subdirector de la ANI y un Consejo Asesor integrado por los directores de las Fuerzas de Orden y Seguridad Pública, las Fuerzas Armadas, el Ministro del Interior y Seguridad Pública, el Ministro de Relaciones Exteriores, el Ministro de Defensa y el Subsecretario del Interior.
Esto significa, que "se crea un sistema de inteligencia centrado en el poder Ejecutivo y bajo mando directo del Presidente de turno, sin límite ni controles de instituciones propias de un sistema democrático, lo que supondría una activa participación del parlamento y organismos especializados de la sociedad civil (universidades, instituciones de estudio vinculadas al tema de seguridad nacional)", dice Nash al respecto.
En este punto, otro de los ítems clave es que se reducen las facultades de fiscalización a la ANI por parte de la Cámara de Diputadas y Diputados, al elevar los quórums, con lo que sólo se podrá solicitar rendición de cuentas con un quórum de 2/3 de la Comisión de Inteligencia de la Cámara.
Cambio en el rol de las Fuerzas Armadas
Finalmente, uno de los puntos más controversiales es el cambio de las funciones de las FF.AA. hacia las materias internas que promovería esta legislación.
La ley "crea una categoría de información “residual“ y dispone que esta información debe ser entregada a la autoridad civil. Esto implica que, en la práctica, se pone a las Fuerzas Armadas en funciones de inteligencia interna y no de seguridad externa. Con esto, se abre la puerta a la politización de las fuerzas armadas en el país vía las acciones de inteligencia proactiva", explica el académico de la Universidad de Chile.
Esta reconfiguración del rol de las Fuerzas Armadas, "va de la mano con el proyecto de reforma constitucional de “infraestructura crítica”, ya que, si evaluamos ambos proyectos en su conjunto, lo que estos hacen es poner a las Fuerzas Armadas en un rol de seguridad interna y orden público consistente con la doctrina de la seguridad nacional que ubica el riesgo en el ámbito nacional a través de la figura del “enemigo interno”. De esta forma, si se aprueban ambos proyectos, las Fuerzas Armadas tendrán labores operativas y de inteligencia con fines de control social", agrega Nash.
Cabe mencionar, que este proyecto se suma a otros que ha presentado el gobierno en los últimos meses en la misma línea, como los de ley antisaqueos y anti-barricadas, ley que permite despliegue de FF-AA. en “infraestructura crítica”, reforma a Carabineros, el convenio entre la Agencia Nacional de Inteligencia (ANI) y el Sename; el uso de las Fuerzas Armadas para control orden público, entre otros.