Presentan proyecto de ley que busca sancionar con cárcel a quienes participen de aglomeraciones violentas sin cometer delito

Presentan proyecto de ley que busca sancionar con cárcel a quienes participen de aglomeraciones violentas sin cometer delito

Por: Cristian Neira | 07.05.2020
El senador RN, Francisco Chahuán, presentó la idea legislativa que tipifica el delito de “ruptura de la paz” social y que busca castigar a quienes se encuentren en manifestaciones donde exista la violencia, aunque no estén cometiendo directamente un delito. El proyecto busca añadir este delito en el artículo 133 bis del Código Penal, castigando este hecho con una pena de reclusión menor en su grado medio.

El senador de Renovación Nacional, Francisco Chahuán, presentó un proyecto de ley que busca crear el delito de “ruptura de la paz social”, y castigar a quienes participen de aglomeraciones de personas donde exista violencia, aunque ésta no esté cometiendo algún delito.

La moción busca sancionar a quienes sigan en este tipo de protestas, luego que hayan sido conminados por la policía, pese a que al momento de ser detenidos no se les haya sorprendido robando, cometiendo destrozos, prendiendo barricadas o agrediendo a Carabineros, entre otros.

El parlamentario se basó en la ley europea conocida como “Landfriedensbruch” y que se aplica en países como Alemania, Austria y Suiza, que significa en su traducción al español “ruptura del orden público”. Esta legislación castiga la sola presencia de una persona en una manifestación o protesta donde se esté ejerciendo la violencia, con la detención inmediata.

A diferencia de esto, el proyecto de ley castigará sólo a quienes se mantengan en dicha aglomeración “y no retirarse dentro del plazo perentorio establecido razonablemente por la policía, para que los distintos miembros de una turba violenta puedan ser detenidos y sancionados bajo la figura legal de "ruptura de la paz social", lo que permitirá a los jueces establecer las medidas cautelares que correspondan”.

La idea del senador Chahuán es incorporarla en el Título II del Código Penal, como artículo 133 bis, aplicando la pena de reclusión menor en su grado medio.

El proyecto de ley se encuentra en primer trámite constitucional en el Congreso y siendo analizado por la Comisión de Seguridad Pública del Senado de la República.