La Corte de Apelaciones de Temuco acogió el recurso de protección interpuesto por apoderados en contra del Colegio Bautista, por incumplimiento de los contratos de prestación de servicios educacionales.
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Declaran admisible recurso de protección por cobro de mensualidades de colegio en Temuco
Esto luego de que el establecimiento implementara el despacho de guías y una clase por videoconferencia a la semana, en el marco de la pandemia de COVID-19, sin modificar la obligación de pago de mensualidades.
En fallo unánime, la Primera Sala del tribunal de alzada ordenó a la corporación educacional propietaria del establecimiento, remitir informe sobre la materia en el plazo de ocho días. Además, rechazó la solicitud de dictar orden de no innovar.
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"Se declara admisible el recurso de protección, en consecuencia se ordena informe la recurrida dentro del plazo de ocho días, adjuntando todos los antecedentes que sobre la materia digan relación, bajo apercibimiento de prescindir de dicho informe si éste no es evacuado dentro de dicho plazo, debiendo además, en lo posible acompañar el informe respectivo en formato digital”, consignó el fallo.