Personas prontas a jubilarse podrán transferir sus fondos de pensiones a una cuenta de ahorro
La Superintendencia de Pensiones (SP) informó que las personas que se encuentren en trámite de pensión, podrán transferir sus ahorros previsionales hacia una cuenta corriente de los fondos de pensiones.
La medida tiene como objetivo evitar que los recursos de los cotizantes se vean afectados por las variaciones en la rentabilidad de las inversiones, lo que beneficiaría a unos 150.000 afiliados y afiliadas por año.
Actualmente, desde la fecha de solicitud de pensión hasta la fecha de su otorgamiento, el saldo de los afiliados puede variar de manera positiva o negativa, dependiendo de las fluctuaciones del mercado financiero en el que se encuentran invertidos los fondos provisionales, lo que implica que los beneficiarios no tengan certeza de la suma final al momento de calcularlo.
En este sentido, la nueva norma establece que el afiliado o sus beneficiarios, al momento de efectuar la solicitud de pensión de vejez, invalidez o sobrevivencia, puedan pedir a su AFP que transfiera todo el saldo de ahorro previsional a una cuenta corriente de los fondos de pensiones, evitando la variación -antes mencionada- en el cálculo total.
Esta opción estará vigente sólo hasta que el afiliado o afiliada seleccione la modalidad de pensión o desista de pensionarse. Efectuada la selección (retiro programado o renta temporal) o el desistimiento del trámite de pensión, la norma indica que el saldo que permaneció en la cuenta corriente deberá volver al fondo que se encontraba al momento de ser traspasado a la cuenta corriente o a los fondos que seleccione el afiliado. La legislación señala que los pensionados pueden mantener su saldo en los fondos tipo C, D y E.
En tanto, si el afiliado selecciona una renta vitalicia inmediata, la AFP deberá traspasar el monto de la prima contratada a la respectiva compañía de seguros.
En el caso de las pensiones de sobrevivencia, la opción por mantener el saldo destinado a pensión en la mencionada cuenta corriente deberá ser expresada, de común acuerdo por todos los beneficiarios, al momento de realizar dicha solicitud.
La Superintendencia de Pensiones indicó que la administradora tendrá que diseñar un formulario específico que deberá estar disponible en medios electrónicos para que afiliados y beneficiarios puedan ejercer la opción de transferir sus ahorros destinados a pensión, hacia la mencionada cuenta corriente. Dicho documento, deberá ser presentado por el afiliado o los beneficiarios durante el trámite de pensión.
Estas nuevas regulaciones entrarán en vigencia a partir del 1 de mayo del 2020.