Caso Penta: La necesidad de deconstruir el Derecho

Caso Penta: La necesidad de deconstruir el Derecho

Por: Camilo Pérez Alveal | 20.07.2018
El derecho, al ser una creación humana, abre la posibilidad de ser mejorado, recuperado y reformulado en función de interés totalizante, y no particularizante, en la medida en que el derecho es construible, es al mismo tiempo deconstruible. Sin embargo, aquí y ahora, el derecho es violento, injusto, y en función del interés de una clase.

Cuando a menudo vemos en los medios de comunicación que existe una mayor impunidad para quienes cometen delitos, pero no parecen delincuentes es que nos encontramos en un derecho absorbido por quienes manejan este país. Ver el caso Penta y enterarse que quienes corrompieron la política nacional tendrán que asistir a clases de ética a nadie le hace sentido y se acusa a los fiscales, abogados y al entramado que participó de este caso en particular, pero la verdad que la respuesta no va totalmente por ahí. Es el derecho en su concepción inicial quien esta diseñado para proteger a la clase dominante.

Un primer punto de partida debe constituirse de un ejercicio reflexivo sobre las bases fundacionales del derecho y su posible vinculación con la justicia. Es por esto que, dado los hechos que se han vuelto a manifestar con el Caso Penta, parece imperativo deconstruir el derecho como concepto.

El derecho pareciera que siempre ha estado al debe cuando se manifiesta en redirección de los delitos cometidos por personas correspondientes a una clase determinada. No es menor, o mejor dicho, no es casualidad que crímenes cometidos en dictadura, delitos de tipo tributario, “de cuello blanco”, o incluso delitos cometidos por hijos correspondientes a familias burguesas tengan consecuencias jurídicas sospechosas al curso común de una infracción de la ley. Es por esto que en primera instancia es necesario desmantelar el clásico supuesto liberal de inmanencia entre derecho y justicia, y constatar que es ilusorio sostener que la manifestación judicial basada con un “cumplimiento” de la legalidad, conlleva a un cumplimiento de justicia.

El derecho, al no ser una fuerza divina y que trasciende al control humano, es que puede ser mejorado, está bajo una condición abierta, cuya apertura sea marcada por su origen mismo, evitando o pudiendo suspender así una acción jurídica de carácter totalitaria. Por decirlo en términos mucho más simples, el derecho al ser una creación humana, abre la posibilidad de ser mejorado, recuperado y reformulado en función de interés totalizante, y no particularizante, en la medida en que el derecho es construible, es al mismo tiempo deconstruible. Sin embargo, aquí y ahora, el derecho es violento, injusto, y en función del interés de una clase.

El derecho expresado en la composición orgánica de las democracias liberales, en configuración de un capitalismo global, se haya en función de la clase burguesa. En Marx, la sociedad está en un constante conflicto, entre dos clases antagónicas que luchan objetivamente en torno al producto social, en que existe una clase que consagra la propiedad privada de los medios de producción y por otro lado una clase social que lo único que posee es su fuerza de trabajo. Las clases sociales son grupos humanos que se constituyen por una relación de explotación, es decir, aquella situación en la que se produce una diferencia entre quienes producen valor y quienes lo reciben, con lo cual se genera un intercambio desigual de valor. La lucha de clases es una relación social, global, histórica, dicotómica, y antagónica, pero también es una “relación constituyente”. La lucha de clases es una relación totalizante ya que todos los aspectos de la vida social quedan afectados por ese conflicto. Por lo tanto, el Estado, el mercado, el matrimonio, la familia y el derecho, tienen su origen fundante en las necesidades de mantención de una posición de privilegio en las relaciones de explotación. Por lo tanto, la clase dominante desempeña una multiplicidad de dispositivos para ejercer el poder y mantenerlo en función de la reproducción y acumulación del capital y de su hegemonía; la construcción de viabilidad de su usufructo, la burguesía ha construido mediante el uso de la fuerza y la utilización de una gama de instituciones tanto materiales como formales (abstractas y concretas) para legitimar y naturalizar su dominio. La burguesía ha logrado someter todas las acciones sociales a un estado de Derecho que la favorece sistemáticamente. Por ahondar un poco en la reflexión de génesis, por decirlo en la lectura de Gramsci, el resultado de construcción de hegemonía, considerada materialmente no es más que la expresión carnal del control de la División Social del Trabajo. Lo que controla la burguesía, lo que controla Penta, lo que controlan los mismos de siempre y los hace ser la clase dominante y la hace ser hegemónica es que controla el hecho de la división social del trabajo. Por lo tanto, la clase dominante (poder factico) se convierte en clase gobernante (poder legitimado) en la medida que construye un estado de derecho que la defiende, la legitime y la favorezca, y desde el cual construye y reproduce una defensa estructural a las posibilidades de levantamiento de nuevas hegemonías.

La lección del caso Penta, es que la violencia del derecho, la corrupción no es una desviación o una anomalía contingente del sistema capitalista, es parte de su funcionamiento básico. Lo que constata la legalidad y las consecuencias jurídicas que atrae la comisión de delito de tipo tributario es que nos palpan que la clase dominante se realiza y se expresa en un mundo abismal con reglas diferentes, en el que el sistema jurídico y la soberanía se inclina en función del capital, y no sólo los protegen, sino que además, siempre mediante la positivización de la ley están preparados para torcer sistemáticamente las leyes para resguardar su interés capitalista. Como dice Zizek, el sistema jurídico capitalista global es en sí, en su dimensión más fundamental, la corrupción legalizada. La cuestión sobre dónde comienza el crimen (cuáles operaciones financieras son ilegales) no es una cuestión legal, sino una cuestión eminentemente política, atañe a la lucha por el poder. Entonces, ¿por qué miles de hombres de negocios y políticos hacen lo que documenta el Caso Penta? El Caso de las Colusiones, el Caso del Confort, la impunidad de crímenes en dictadura, La respuesta es la misma que la del antiguo enigma popular: ¿Por qué se lamen los perros? Porque pueden.

Pueden y podrán siempre si es que no se concreta la idea de deconstrucción del Derecho. Una deconstrucción que sin lugar a dudas debe estar prevista por la consecución de una sociedad postneoliberal, un lugar que en simple no sea solo para quienes tienen el poder económico sino para todos y todas. La idea del derecho busca la idea de justicia, pero para conseguir una sociedad justa es imperante un quiebre en el modelo, un cambio en el sentido común, un lugar donde tener la certeza de que somos iguales.

El derecho definido en la concepción liberal-burguesa está sumamente precisado como elemento de cálculo, la justicia real y la que deviene, opera por fuera del derecho. La justicia al ser un devenir que se debe imponer al derecho, se vuelve incalculable, es un horizonte emancipador, por lo que el derecho al servicio del capital financiero y de la burguesía se haya en cálculo de sus intereses, y en finitud de norma, en tanto norma.

Para concluir de forma simple es necesario entender que lo que hoy vemos como el caso Penta y que hemos visto tantas otras veces se volverá a repetir y lo hará porque la justicia no está en un par de jueces o fiscales, la justicia está en un orden distinto al actual, en un lugar profundamente democrático, en la necesidad tangible de una sociedad postneoliberal. Y para ello es necesaria no solo la indignación –que la sentimos- sino también y por sobre todo la organización, la unión, el entendimiento de que la consecución de una democracia que englobe todos los aspectos de nuestra vida debe ser conseguida entre todos y todas.