Reforma laboral: Se aprueban pactos de adaptabilidad y relativiza titularidad sindical
Una positiva jornada para el empresariado fue la que se vivió ayer en la Comisión de Trabajo de la Cámara de Diputados, luego de que parlamentarios de la Alianza y la Nueva Mayoría resolvieran bajar el umbral de afiliación sindical mínimo para proceder con los pactos de adaptabilidad y extender automáticamente los beneficios de la negociación colectiva a los trabajadores no sindicalizados.
En cuanto al primer punto, el artículo sexto de la reforma indicaba que los pactos de adaptabilidad, que abordan temas más amplios que la remuneración, se ampliarían gradualmente, requiriendo para entablar las conversaciones el 65% de afiliación sindical; un 55%, en el segundo año; un 40%, en el tercer año; y 30%, en el último año y en régimen.
En la votación, el articulado recibió sólo 5 votos a favor de los diputados Gabriel Boric (Izquierda Autónoma), Lautaro Carmona (PC), Denise Pascal (PS), René Saffirio (DC) y Patricio Vallespín (DC). En contra votaron 8 diputados, cinco de la Alianza y tres de la Nueva Mayoría: Osvaldo Andrade (PS), Cristián Campos (PPD) y Tucapel Jiménez (PPD).
El rechazo del texto es una concesión del Gobierno al empresariado, pues permitirá entablar negociaciones entre empleadores y trabajadores para flexibilizar temas como la jornada laboral y los turnos, con tan sólo un 30% de representatividad del sindicato.
En cuanto al segundo punto, relativo a las condiciones para extender los beneficios de la negociación colectiva a los trabajadores, el Gobierno cambió la redacción del artículo respectivo. Mientras la disposición original establecía que los beneficios extensibles a trabajadores no sindicalizados serían determinados por el acuerdo entre empleadores y sindicatos, el Ejecutivo presentó una indicación para automatizar la extensión de beneficios.
El cambio había sido solicitado por representantes del empresariado, centros de pensamiento de la derecha como Libertad y Desarrollo, pero también por expertos vinculados al Gobierno y la Nueva Mayoría, como Andrea Repetto. Se argumentó que la norma original atentaba contra la libertad de sindicalización.
La indicación contemplaba ajustes a dos incisos, que el diputado independiente Gabriel Boric solicitó votar por separado. El primero mantenía el espíritu de la norma original, estableciendo que serán las partes de la negociación colectiva las encargadas de aplicar sus beneficios derivados. Fue aprobado por 10 votos transversales, contra 3 de los diputados de la UDI.
El segundo ajuste exigía "criterios objetivos, generales y no arbitrarios" para ratificar o rechazar la extensión de beneficios. Fue aprobado por todos los parlamentarios, incluidos los de la UDI, y sólo Gabriel Boric lo rechazó, advirtiendo que la medida "morigera la titularidad sindical y le pone una presión indebida al sindicato".
En términos jurídicos, para el Ejecutivo la frase “criterios objetivos, generales y no arbitrarios” significa que si un trabajador no sindicalizado cumple la misma función y tiene el mismo cargo que uno sindicalizado, el sindicato no puede oponerse por el hecho de no estar afiliado.
La relativización de la titularidad sindical se suma a la aprobación de los servicios mínimos en caso de huelga, otorgando un nuevo triunfo a los gremios empresariales en la tramitación de la reforma laboral.