Suprema defiende denuncias de médicos en casos de aborto
La Corte Suprema se mostró contraria a la exclusión del deber de denunciar, en caso de aborto, por parte de los equipos de salud médica. Según ellos, esto impide perseguir a los autores de posibles violaciones.
“Los deberes de confidencialidad postulados por el proyecto de ley en el Código Procesal Penal, podrían constituirse en un espacio de impunidad en desmedro de las víctimas de delitos sexuales menores de 18 años”, advirtieron en su reciente informe sobre el proyecto de despenalización del aborto en tres causales.
El documento fue enviado a la Cámara de Diputados y se refiere a la obligación legal que hoy tienen los médicos de reportar a la justicia los casos de aborto que se presenten. En la nueva norma, justamente se buscar eliminar este deber, privilegiando la confidencialidad entre el profesional y la paciente, en lugar de la denuncia a Carabineros.
La Corte Suprema argumentó que la mayoría de las agresiones sexuales son realizadas por parientes o cercanos a la víctima y, de acuerdo a la nueva ley, podría ocurrir que un menor de edad acuda a un establecimiento de salud y obtenga el procedimiento de interrupción del embarazo “sin que se investigue penalmente el eventual delito de violación o estupro dado que, tanto la exclusión del deber de denuncia como la primacía del deber de confidencialidad, pesarán tanto sobre el médico cirujano que atienda a la requirente de interrupción del embarazo, como al equipo de salud especialmente conformado”.
Así, aseguraron que es importante defender la primacía de la denuncia, "a fin de resguardar el legítimo interés de la sociedad por perseguir los delitos cometidos contra menores de edad, particularmente en cuanto atentan contra su indemnidad sexual”.