Entre noviembre de 2024 y abril de 2025, la avanzó en una reforma destinada a endurecer la respuesta sancionatoria frente a adolescentes infractores de ley. El proyecto, actualmente en segundo trámite constitucional, buscó aumentar penas para delitos graves y modificar diversas reglas del sistema de responsabilidad penal adolescente.
Responsabilidad penal adolescente: Cuando la evidencia pierde ante el populismo punitivo
La responsabilidad penal adolescente no necesita impunidad. Necesita eficacia. Y la eficacia no se decreta aumentando penas, sino construyendo instituciones que reduzcan efectivamente la reincidencia.
Lo llamativo no es que el Congreso haya querido responder a delitos violentos cometidos por adolescentes. Esa preocupación es legítima. Lo llamativo es que lo haya hecho en contra del diagnóstico técnico dominante de quienes operan o conocen directamente el sistema: Ministerio Público, Defensoría Penal Pública, UNICEF, Defensoría de la Niñez y Subsecretaría de Justicia.
La evidencia presentada en la discusión parlamentaria fue convergente. La Defensoría Penal Pública mostró que la delincuencia juvenil no ha aumentado estructuralmente, sino que ha caído de manera significativa desde la entrada en vigencia de la Ley N°20.084. El alza observada entre 2020 y 2022 fue explicada como un efecto asociado al período de pandemia, no como una tendencia sostenida. El Ministerio Público confirmó que la mayoría de los delitos incluidos en el catálogo del proyecto no exhibía aumentos relevantes, salvo algunos tipos específicos.
La Subsecretaría de la Niñez, UNICEF y la Defensoría de la Niñez advirtieron, además, que aumentar penas privativas de libertad no reduce la criminalidad juvenil. Por el contrario, la evidencia comparada indica que la exposición prolongada de adolescentes a contextos de encierro incrementa el riesgo de reincidencia, interrumpe trayectorias educativas y debilita los procesos de reinserción. En palabras simples: más años de encierro no significan necesariamente más seguridad futura. A veces significan exactamente lo contrario.
El punto más problemático es el momento elegido. Chile aprobó en 2023 la Ley N°21.527, que creó el Servicio Nacional de Reinserción Social Juvenil y rediseñó el sistema con intervención especializada, financiamiento basal, estándares técnicos e implementación gradual. Esa reforma, largamente tramitada, recién comenzaba a desplegarse. Sus resultados aún no podían evaluarse seriamente. Modificar el sistema antes de medir su impacto equivale a cambiar el tratamiento antes de saber si el paciente respondió.
La reforma no fue completamente irracional. Algunas modificaciones técnicas sí respondían a problemas reales: reglas de competencia judicial, tramitación conjunta de causas con adultos, quebrantamiento de sanciones y audiencia de víctimas en casos de sustitución o remisión de condena. Allí la evidencia sí fue escuchada. Pero el núcleo simbólico del proyecto permaneció: aumentar la pena máxima para adolescentes de 14 a 16 años en delitos graves.
Esa es la clave. No estamos ante un caso de simple ignorancia legislativa, estamos ante una forma de populismo punitivo: legislar para comunicar dureza, aun cuando la evidencia disponible advierta que la medida no resolverá el problema que dice enfrentar. La ley deja de ser una herramienta de política pública y se convierte en una señal. No importa tanto si reduce el delito; importa que parezca una respuesta firme.
El mecanismo es conocido. Un caso doloroso conmueve más que una serie estadística. Una víctima concreta tiene rostro, nombre e historia. La evidencia institucional, en cambio, habla en porcentajes, tendencias y evaluaciones de largo plazo. En el debate público, lo primero suele vencer a lo segundo. No porque sea más verdadero, sino porque es más persuasivo.
Pero legislar desde la conmoción tiene costos. Si el sistema juvenil aumenta su componente punitivo justo cuando intentaba instalar un modelo especializado de reinserción, el país corre el riesgo de sabotear una reforma antes de evaluarla. Y si en algunos años esos adolescentes regresan al sistema penal adulto con mayores niveles de exclusión, violencia y reincidencia, será tarde para decir que la evidencia estaba disponible.
El problema de fondo no es cuántos años debe durar una sanción, el problema es qué tipo de Estado queremos construir: uno capaz de aprender de la evidencia o uno que legisla para tranquilizar momentáneamente a la opinión pública. El primero exige paciencia institucional, evaluación y responsabilidad técnica. El segundo ofrece señales rápidas, frases duras y resultados inciertos.
La responsabilidad penal adolescente no necesita impunidad. Necesita eficacia. Y la eficacia no se decreta aumentando penas, sino construyendo instituciones que reduzcan efectivamente la reincidencia. Esa era precisamente la promesa de la reforma de 2023. Antes de desmantelarla o contaminarla, lo mínimo era evaluarla.
Porque cuando la evidencia no cuenta, la ley puede sonar más fuerte. Pero suele funcionar peor.