Estado laico y matrimonio igualitario
El presidente Piñera anuncio en su última Cuenta Pública la tramitación en urgencia del proyecto, que fue presentado por la administración anterior, que autoriza el matrimonio entre dos personas del mismo sexo. Dicha noticia causó gran revuelo en el mundillo político, sobre todo en el campo oficialista. Son muchas las voces que se han alzado por o contra este proyecto. Se escuchan a representantes de Iglesias, agrupaciones, profesionales y, por supuesto, actores del mundo político, entre ellos los candidatos a la futura elección presidencial.
Sin duda, la declaración del candidato UDI, Joaquín Lavín, es la más disonante, pues está en contra de dicha iniciativa y en su lugar propone otra alternativa que no altera la actual noción de matrimonio y crea un nuevo estatus para la unión de personas del mismo sexo. El candidato Joaquín Lavín es conocido por su adhesión y activa participación al Opus Dei, que es el sector más tradicionalista del mundo católico, y es por ello que sorprende cuando declara que “un Estado laico debe dar el mismo nivel de protección legal a las uniones diferentes”. La alusión al “Estado laico” que le acordamos a nuestro país al parecer no está bien definida, por lo tanto olvidamos la esencia de la noción de laicidad, que en estos momentos (cuando se prepara la escritura de una nueva Constitución) adquiere relevada importancia.
Entiéndase aquí el concepto de laicidad como una forma de organización de la coexistencia de las libertades. Este modo de organización esta basado en la tolerancia, la cual permite eficazmente la coexistencia de las libertades, como lo describe Locke en Cartas sobre la tolerancia. Son varias las constituciones que se han escrito bajo la perspectiva laica. Países como Francia o Bélgica lo han inscrito en sus cartas magnas, los Países Bajos, escandinavos y algunos anglosajones se han inspirado en este modo de organización.
Un Estado laico establece la separación de la sociedad civil de la sociedad religiosa. Esta separación no significa una expresión del ateísmo, del agnosticismo ni un rechazo de las religiones. La laicidad es lo que permite la igualdad frente a la ley y esta igualdad posibilita la libertad de cada uno de nosotros de adherir o no a ideas, convicciones o creencias religiosas.
La sociedad laica, como lo afirma Spinoza, “promueve y delimita la neutralidad del Estado respecto a la opinión y creencias de cada persona, dado que son la expresión de la igualdad de todos”. La laicidad no es una opinión: es lo que permite expresarlas libremente y esto incluye el blasfemar. El principio fundador del concepto de laicidad es la protección del Estado frente a cualquier influencia o presión, y se asigna como objetivo la construcción de una sociedad justa, progresista y fraternal. Una sociedad que otorga a cada uno de sus ciudadanos la seguridad de su libre albedrio y de la expresión de sus opiniones.
La laicidad también defiende la emancipación de los individuos con el fin de garantizarles una vida digna. Al mismo tiempo el Estado toma la responsabilidad de acordar los medios necesarios que permitirán a cada ciudadano la autonomía de conciencia. El principio de laicidad toma a los individuos en la globalidad de sus necesidades y en la relación que estos tienen con la sociedad. Por consecuencia, el Estado consagra el deber de otorgar la salud, la educación, la seguridad, la justicia, la misma para cada ciudadano. La laicidad se opone a toda forma de discriminación, sea esta política, religiosa, filosófica, social, laboral…
Un Estado laico debe permitir y dar las garantías para que cada persona pueda ejercer o practicar la religión que libremente opta. Al mismo tiempo se establecen límites en la práctica religiosa con el fin de garantizar la libertad de cada ciudadano. La creencia en una confesión religiosa es algo que pertenece a lo íntimo de una persona, por lo cual su práctica corresponde al dominio privado. Cada persona al interior de sus hogares tiene la libertad de llevar sus vidas según los conceptos religiosos que han escogido, igualmente lo pueden hacer en los lugares de culto y el Estado debe garantizar esa libertad. Por consecuencia, el espacio público debe ser neutro, dado que en él conviven creyentes y aquellos que no lo son. La necesaria neutralidad del espacio público contradice a aquellos que consideran que, dado que el espacio publico es de todos, entonces pueden profesar estruendosamente sus creencias o hacer proselitismo en el dominio público.
Cuando nos calificamos como Estado laico, y si tenemos en consideración la definición de lo privado y lo público, significa que los tres poderes del Estado deben actuar bajo los mismos principios de la laicidad. Estos poderes deben observar la más absoluta neutralidad en su organización y en la ejecución de sus misiones. Estos mismos principios de neutralidad e imparcialidad se aplican a todo funcionario público durante el ejercicio de su función. Esto es válido para los edificios y oficinas que albergan al Estado, en las cuales no se pueden exhibir o adosar de manera ostentadora signos de pertenencias religiosas.
Entonces, podemos legítimamente esperar que esta figura legal sea considerada en las discusiones a venir, no sólo en temas valóricos, sino como el filtro que nos asegure el respeto de igualdad y la dignidad de todos los ciudadanos. Creyentes y laicos, creyentes laicos y laicos no creyentes necesitamos hacer un esfuerzo para construir la sociedad más justa, igualitaria y libre que todos deseamos.