Segundo retiro del 10%: Cómo quedó el proyecto y cuáles son las fechas para tramitar el traspaso de los fondos

Segundo retiro del 10%: Cómo quedó el proyecto y cuáles son las fechas para tramitar el traspaso de los fondos

Por: Cristian Neira | 04.12.2020
Luego de maratónicas jornadas, el proyecto del segundo retiro del 10% de las AFP fue aprobado y despachado por el Congreso, por lo que está a punto de convertirse en Ley de la República para que los afiliados puedan tramitar el retiro desde sus fondos de pensiones. En esta nota detallamos cómo quedó la iniciativa y cuándo se recibirán los montos.

Lo que todo Chile esperaba se logró la noche de este jueves en el Congreso, pues tras maratónicas jornadas, el Senado aprobó y despachó el proyecto del gobierno sobre un segundo retiro del 10% de los fondos previsionales.

La iniciativa establece que, excepcionalmente y en el contexto de la crisis sanitaria producida con ocasión del COVID-19, se autoriza a los afiliados del sistema privado de pensiones a realizar, de forma voluntaria, un retiro por hasta el 10% de los fondos acumulados en su cuenta de capitalización individual de cotizaciones obligatorias.

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¿Qué debe pasar para tener el dinero antes de Navidad?

Para que esto sea realidad, es primordial que el Presidente Sebastián Piñera promulgue la ley lo antes posible para que se publique en el Diario Oficial. El panorama ideal sería que el trámite lo haga este mismo viernes 4 para que el lunes 7 empiece el proceso.

¿Cómo será el proceso?

Se espera que la misma cantidad de personas que hicieron el primer retiro de las AFP, haga el segundo. Si todo queda listo para hacer la solicitud vía remota este lunes 7, los días previos a Navidad llegaría la primera cuota.

¿Cuál es el monto que se puede retirar?

Tal como el primer retiro, el dinero no podrá exceder de 150 UF ($4,3 millones), ni ser inferior a 35 UF ($1 millón), en caso de que los saldos acumulados en la cuenta así lo permitan.

En el caso de que los fondos sean menores a lo recién mencionado, el afiliado podrá retirar la totalidad de los recursos de su cuenta de capitalización individual.

Serán dos cuotas, pero quienes tramiten el retiro de 35 UF o menos, accederán a un pago único.

¿Hay personas que no podrán optar al segundo retiro?

Sí. Para evitar lo sucedido en el proceso anterior, en este proyecto quedaron fuera las personas cuyas rentas o remuneraciones se regulen de conformidad a lo dispuesto en el artículo 38 bis de la Constitución Política de la República y que afecta a las altas autoridades, esto es el Presidente, ministros, subsecretarios y parlamentarios, entre otros.

¿Quiénes deben pagar impuestos?

El proyecto de Sebastián Piñera establecía que todos debían pagar impuestos, pero luego de los trámites legislativos, quedó establecido que sólo lo harán las personas con una renta imponible de 30 Unidades Tributarias Anuales, o sea, $1,5 millones mensuales.

¿Hay que devolver el dinero?

No. Pese a que era una de las intenciones del gobierno, el denominado "autopréstamo" fue rechazado en todas las instancias donde el ministro Ignacio Briones insistió en mantenerlo.

¿Qué pasa con los deudores de pensiones alimenticias?

Aunque el proyecto de Piñera protegía el dinero de quienes deben pensiones de alimentos a sus hijos, con las modificaciones hechas, se mejoró este ítem. Ahora, los jueces de familia podrán autorizar a los demandantes a pedir que el deudor saque sus dineros de los ahorros previsionales para pagar la totalidad o parte de la morosidad por alimentos.

¿Cómo puedo saber si tengo dinero en mi AFP?

Teniendo tu clave de acceso en tu AFP respectiva, puedes verlo en cada una de sus páginas web: