El 20 de agosto de 2024, en plena celebración del Día del Niño en una escuela diferencial de Maipú, una asistente de aula fue acusada de haber ejercido violencia contra un alumno de quinto básico con trastorno del espectro autista.
La presionaron para firmar renuncia tras denuncia por maltrato y se autodespidió: Juzgado ordena pagarle más de $3 millones
Según se puede apreciar en el fallo judicial, dos días después, fue citada por la sostenedora y la jefa de UTP del establecimiento para informarle que existía una investigación interna en su contra por “violencia infantil”.
En la carta de autodespido enviada el 26 de agosto, la trabajadora sostuvo que el 22 de agosto fue presionada para renunciar.
Afirmó que la sostenedora le dijo que había más víctimas y testigos y que, si no firmaba su renuncia, la denunciarían a la Fiscalía y su carrera se vería afectada.
También relató que, en una reunión en oficina, le exhibieron un documento para firmar y que, cuando intentó fotografiarlo para revisarlo con calma, se lo quitaron.
En el juicio, la representante legal de la Corporación Educacional Alma Down negó haberla amenazado.
Reconoció, eso sí, que retiró el documento cuando la trabajadora intentó tomarle una foto. Además, quedó acreditado que el 23 de agosto el establecimiento presentó una denuncia ante el Ministerio Público, en el marco de la obligación legal que tienen los directores de establecimientos educacionales frente a denuncias de maltrato a menores.
La jueza titular del Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, Maritza Regina Vásquez Díaz, concluyó que la presión ejercida en esa reunión sí constituyó acoso laboral.
En el fallo se señala que “al pretender que la trabajadora firmara el documento sin darle tiempo para analizarlo, sin duda constituye un acto de hostigamiento y acoso”.
La magistrada agregó que esa situación, en un contexto de investigación interna desfavorable, quebró la confianza necesaria en la relación laboral.
No obstante, el tribunal rechazó la acción de tutela por vulneración de derechos fundamentales, al estimar que no se acreditó una afectación intensa a su integridad psíquica ni a su honra.
También descartó irregularidades en el pago de remuneraciones, señalando que se advertía “una regularidad y consistencia en el pago”.
El tribunal acogió la demanda subsidiaria de despido indirecto y declaró justificado el autodespido.
Ordenó pagar $2.887.145 por lucro cesante hasta el 28 de febrero de 2025; $500.448 por 26 días trabajados en agosto de 2024; y $150.433 por feriado proporcional. Las sumas deberán reajustarse conforme a la ley. Cada parte pagará sus propias costas.