La historia comenzó con una serie de cobros irregulares en las cuentas de electricidad de un vecino de Recoleta.
Le cobraron más de $5 millones por boletas sin lectura de medidor y Enel no refacturó y desobedeció: Corte ordena corregir
Según se puede apreciar en el fallo judicial, entre octubre de 2023 y julio de 2024, Enel Distribución Chile S.A. le facturó montos que superaron los $5 millones, pese a que su consumo histórico era considerablemente menor.
El afectado reclamó primero ante la empresa, sin recibir solución, y luego ante la Superintendencia de Electricidad y Combustibles (SEC), que tras revisar los antecedentes concluyó que la compañía no había realizado correctamente las lecturas del medidor.
En su resolución del 3 de septiembre de 2024, la SEC ordenó refacturar el periodo sin lectura y limitar los cobros al doble del promedio mensual, sin aplicar intereses por mora.
Pese a esta orden, Enel mantuvo los montos originales y continuó facturando con cálculos provisorios, desconociendo lo instruido por el organismo técnico.
Frente a esta situación, el afectado interpuso un recurso de protección ante la Corte de Apelaciones de Santiago, acusando a la empresa de incumplir la resolución administrativa y vulnerar su derecho de propiedad al persistir en cobros sin respaldo.
En su defensa, Enel alegó haber cumplido parcialmente la instrucción, asegurando que había rebajado $1.913.953 de la deuda inicial, aunque admitió mantener un saldo pendiente.
Sin embargo, la SEC confirmó que aún restaba por descontar $341.726 para dar pleno cumplimiento a su orden.
En fallo unánime, la Novena Sala del tribunal de alzada —integrada por las ministras Maritza Villadangos, María Paula Merino y el abogado integrante Cristián Parada— estableció que la empresa “no ha logrado explicar los montos facturados al actor durante el periodo en controversia ni la forma en que llegó a su quantum”.
El tribunal calificó la conducta de Enel como “caprichosa, infundada e ilegal”, al persistir en cobros excesivos y desconocer lo instruido por la autoridad administrativa.
La Corte consideró arbitrario el actuar de la compañía al no acatar el oficio de la SEC y determinó que ello vulneró el derecho de propiedad del usuario.
En consecuencia, acogió el recurso con costas y ordenó a Enel Distribución Chile S.A. “dar estricto cumplimiento” a lo dispuesto por la Superintendencia, refacturando las boletas según los parámetros fijados en la resolución de septiembre de 2024.