
Privación de libertad femenina: Reflejo del olvido social
“La cárcel es un sistema pensado por y para hombres” es una premisa que ha estado constantemente a la base de la intervención, análisis del delito, y sanción de las mujeres condenadas.
Lamentablemente, esta premisa se mantiene en la actualidad en las prácticas judiciales, profesionales y académicas en las que aún persisten visiones clásicas del análisis del delito que tienden a considerar a las mujeres como sujetos pasivos (víctimas) en los hechos delictivos.
Aunque en la actualidad apenas el 11.4% de la población penitenciaria corresponde a mujeres, una minoría para el sistema penal, se estima que más del 80% de las mujeres privadas de libertad son madres.
Por otra parte, el endurecimiento de penas y persecución de delitos de drogas –desde el 2005- tiene incidencias de género en tanto serían mujeres quienes más se involucran en delitos de microtráfico. Esto, ya que el microtráfico permitiría a las mujeres seguir involucrándose en su núcleo familiar cumpliendo roles tradicionales de género como son el cuidado y la jefatura de hogar. Siendo otra realidad particular relevante de constatar/considerar.
Al analizar la criminalidad femenina, y su consecuente intervención/sanción (privación de libertad), se deben considerar a su vez las realidades de las propias mujeres, tanto como el “doble proceso de estigma” al que se ven expuestas (en tanto transgresoras de las normas sociales con respecto al delito, así como de las funciones asociadas a los roles tradicionales de género).
No obstante, hablar sobre privación de libertad femenina debe legitimarse desde la propia experiencia de quienes enfrentan esta realidad, y con ello sus propias tensiones y desafíos. Tensiones que se incrementan cada día más ante el auge de persecución y sanción penal que muchas veces tiende a focalizarse en los eslabones más débiles de las cadenas delictivas (como el rol de “mulas” que cumplen mujeres en el tráfico de drogas).
Realidades como la maternidad precoz, el abandono masculino (sean padres o parejas), el consumo de sustancias, la normalización de la violencia, la precariedad laboral, las necesidades sexuales, menstruales y reproductivas, e incluso la resiliencia, son elementos complejos que conforman la experiencia de las mujeres privadas de libertad pero que son frecuentemente omitidos en las narrativas delictivas.
Indudablemente, estas omisiones u “olvidos” reduce a las mujeres a meros sujetos pasivos de las cadenas delictivas, a la vez que facilita el apoyo de la ciudadanía y autoridades a soluciones simplistas (como el encarcelamiento) para problemas complejos (como la delincuencia femenina, su involucramiento, y trayectorias delictuales).
Que haya predominado la relegación/olvido de las necesidades de género en el sistema privativo de libertad no debe seguir siendo una realidad o norma presente desde la administración penitenciaria y los discursos públicos/sociales referentes a los fenómenos de infracción femenina.
No debemos dejar de tener en consideración que la justicia alcanza sus objetivos no solo estableciendo condenas y supervisando su cumplimiento, sino también asegurándose de que las instituciones atienden las necesidades y particularidades de cada población bajo su cuidado, más aún las de aquellos grupos que son minoría y/o vulnerables, como las mujeres privadas de libertad.