Quién le teme al incómodo INDH
En la discusión presupuestaria en curso, la mayoría parlamentaria de diputados ha dejado en mil pesos ($1.000) el presupuesto para el INDH, cuyo mandato legal es “la promoción y protección de los derechos humanos de las personas que habiten en el territorio de Chile, establecidos en las normas constitucionales y legales. En los tratados internacionales suscritos y ratificados por Chile y que se encuentran vigentes, así como los emanados de los principios generales del derecho, reconocidos por la comunidad internacional”.
Esta decisión expresa la incomodidad de la derecha con la aplicación de los Derechos Humanos y su protección por parte de un organismo autónomo. Otra demostración -fracasada-, sucedió hace unos días, cuando la Corte Suprema rechazó la acción judicial de una mayoría de diputados de derecha (66) para defenestrar a la directora del INDH y un consejero, luego que el Consejo por mayoría de 7 y la abstención de 4, presentaran una querella por el presunto delito de tráfico de influencias, y para garantizar jueces imparciales como un derecho humano fundamental.
Ambos son consejeros del INDH electos por las organizaciones de la sociedad civil que desarrollan trabajos de promoción y protección de derechos humanos. En el Congreso recae dicha facultad, fundada en el principio de representación de la voluntad ciudadana.
La discusión de fondo es si el objetivo político es fortalecer o debilitar a una institución del Estado que debe ser autónoma, mediante la restricción de su ámbito de acción cuando perjudica a un determinado sector político y si se busca relativizar el cumplimiento de los derechos humanos como una base sustantiva de la convivencia democrática.
La acusación de la derecha expresaba su irritación por la iniciativa del Consejo del INDH de querellarse, estando involucrados el juez de la Corte de Apelaciones, Juan Antonio Poblete y la Ministra, María Teresa Letelier, que por la filtración de unos chats dejaban en claro riesgo la imparcialidad en el ejercicio de la función de impartir la ley con garantías de igualdad de cualquier ciudadano independiente de su condición social, creencias políticas, religiosas o pertenencia a alguna etnia u origen nacional; principio básico de la Declaración Universal de los Derechos Humanos, elaborada con participación chilena y aprobada en 1948.
La irritación -cuestionable en política como reacción- no se produjo solo por estos jueces en cuestión, sino porque se evidenciaba la intervención del entonces candidato a la alcaldía de Santiago, Mario Desbordes, operando el 2021 con aquel, para impulsar exitosamente la candidatura a la Corte Suprema de la Sra. María Teresa Letelier.
Desbordes acusó al INDH de operación política y de paso arremetió contra la Fiscal, Ximena Chong, que ha llevado varias causas contra carabineros por las violaciones a derechos humanos en el contexto de la rebelión social de octubre del 2019.
El mencionado Juez de la Corte de Apelaciones, Juan Antonio Poblete, fue detenido el 2023 acusado de falsificación de instrumento público e interceptación ilegal de teléfonos en el marco de la “Operación Topógrafo” de los militares contra la libertad de investigar y de expresión de periodistas, proceso en el que el INDH es parte.
En un contexto que evidencia el debilitamiento de las instituciones del Estado y su independencia, incluida la Fiscalía Nacional, la resolución de la Corte Suprema permite dar un paso positivo al asentar el criterio que la independencia del INDH respecto de los otros poderes del Estado, cuestión clave en la protección y defensa de los derechos humanos. Este principio, es uno de los fundamentos reconocidos en los Estatutos de los institutos nacionales de derechos humanos, conocidos como los Acuerdos de París.
Es fundamental que las autoridades políticas, sean parlamentarios o miembros de otros poderes del Estado, entiendan que sus estrategias particulares pueden despojar de su razón de ser a las instituciones cuyo rol es alertar, entregar recomendaciones a las autoridades por sus acciones u omisiones y llevar adelante acciones judiciales de acuerdo a la ley respecto a la protección de los derechos humanos.
El propio Luis Cordero cuando era ministro de Justicia intervino declarando que no lograba “entender la justificación jurídica de esta querella”. Un INDH debilitado hace más débil la democracia; un INDH más “partidista” debilita la base de la convivencia en común; un INDH hostigado por funcionarios de otras instituciones del Estado desenfoca su mandato. El “jueguetear” con el presupuesto del INDH para condicionar su actuar es dañar aún más su función.
Fortalecer la autonomía del INDH es impulsar las reformas necesarias para dotarlo de mayores atribuciones para que sus recomendaciones tengan obligaciones y plazos de cumplimiento, sus informes sean parte de las prioridades a resolver por los poderes del Estado y que el enfoque de derechos humanos sea adoptado en los presupuestos nacionales y las actividades de las reparticiones públicas.
A su vez, la gobernanza del INDH necesita un salto de calidad que permita una labor más constante con las instituciones estatales y de la sociedad civil, con capacidad descentralizada y orientada por los principios y convenciones aprobadas por el Estado de Chile. Su incomodidad es la esencia de su utilidad.