Clínica Indisa deberá pagar más de $500 millones a paciente por intervención quirúrgica negligente
Una pareja, después de enfrentar un evento desafortunado de mala práctica médica en el Instituto de Diagnóstico SA (Clínica Indisa), ha estado en el centro de un largo proceso legal buscando justicia y compensación por los daños sufridos.
El caso, que inicialmente llevó a la pareja a recibir una indemnización por daño emergente, lucro cesante y daño moral, tomó un giro significativo con la reciente decisión de la Corte Suprema.
Los montos otorgados incluyeron $5.792.300 por daño emergente, $361.854.275 por lucro cesante, y $150.000.000 por daño moral a la paciente, además de $15.000.000 por daño moral al cónyuge, lo que suma $532.646.575.
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Después de años de batalla legal, la Primera Sala del máximo tribunal del país decidió que los intereses sobre las sumas otorgadas como indemnización deben empezar a contarse no desde que se presentó la demanda, sino desde el momento en que se emita la sentencia definitiva.
Esta decisión surge tras un recurso de casación interpuesto por el médico tratante y Clínica Indisa, argumentando que calcular los intereses desde la presentación de la demanda no era justo ni preciso, dado que el monto exacto aún no había sido determinado.
El tribunal, compuesto por los ministros Arturo Prado Puga, Mauricio Silva Cancino, María Angélica Repetto García y los abogados Eduardo Morales Robles y Héctor Humeres Noguer, unánimemente acordó que los intereses deben comenzar a acumularse solo después de que se haya establecido claramente la cantidad a pagar.
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Este fallo altera la forma tradicional de calcular los intereses en casos de indemnización y podría influir en cómo se manejan futuros casos de mala práctica médica y otros tipos de demandas civiles.
La sentencia subraya que este cambio es necesario para asegurar que la carga financiera del pago de intereses no comience hasta que la responsabilidad y el monto exacto sean confirmados por una sentencia final.