Juzgar sin saber, una conducta habitual

Juzgar sin saber, una conducta habitual

Por: El Desconcierto | 25.05.2024
Somos una profesión que tiene 85 años en el país. La nutrición y la alimentación es uno de los factores relevantes en la prevención y promoción de salud en la población, sin embargo, al día de hoy, no tenemos una ley que regule ni proteja a los nutricionistas. A esto se suma que hace 13 años en el parlamento está la discusión sobre nuestra integración en el código sanitario.

Como nutricionista, y dirigente de un gremio, me llaman profundamente la atención los comentarios discriminatorios de un diputado de la república hacia una profesión en particular, donde pone en duda la formación de pregrado, competencias y formación académica de una profesional nutricionista, por problemas de gestión en una institución de salud que se vienen arrastrando hace años.

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Es llamativo que, cuando públicamente se ha sabido de casos como la desaparición de listas de espera, mala gestión en hospitales, servicios clínicos y de alimentación en muy mal estado, además de casos graves de acoso laboral, este señor diputado jamás haya dado una opinión o cuestionado las capacidades de los profesionales que dirigen las instituciones afectadas.

Entonces, los dichos expresados el pasado 17 de abril del presente año por el Diputado Andrés Celis en la Comisión de Salud, respecto la situación que afecta al Hospital del Salvador de Valparaíso, que es dirigido por la Directora Subrogante y Nutricionista, declarando: “yo no tengo nada en contra de ninguna profesión, pero no sé si una Nutricionista es la persona más apta de poder dirigir un hospital psiquiátrico. A lo mejor puede que tenga estudios, postgrados, doctorado, diplomado, no sé, en psiquiatría; pero estamos hablando de la salud mental donde son personas que hay que tener un especial cuidado”.

Parece ser que hay un desconocimiento y falta de prudencia en estos dichos, ya que asume que nuestra formación es ineficiente y poco apta en gestión, entonces yo me pregunto -y como dice el diputado, no tengo nada en contra de las profesiones que voy a mencionar-, pero ¿cuál es la diferencia en competencias de gestión entre un médico cirujano o enfermera, respecto otros profesionales de salud al momento del egreso de la profesión?

Quienes trabajamos en docencia universitaria sabemos que los estudios de post título y postgrado son los que fortalecen y mejoran las competencias que entrega el pregrado. Pero menospreciar a una profesión sin mayor fundamento es grave, y lo más grave es que, quienes son los encargados de crear y velar por nuestra legislación, tengan este tipo de expresiones, las que develan -sin ser mal pensada-, cierta imparcialidad al momento de legislar.

Cabe resaltar que nuestra profesión tiene 85 años en el país. Y, por si fuera poco, la nutrición y alimentación es uno de los factores más relevantes en la prevención y promoción de salud en la población. Sin embargo, al día de hoy, no tenemos una ley que regule ni proteja a los nutricionistas. Y a esto se suma que hace 13 años se encuentra en el parlamento la discusión sobre nuestra integración en el código sanitario.

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Entonces se hace aún más relevante que un miembro de la comisión de salud, de la cámara, donde se discutirá prontamente este proyecto, entregue este tipo de declaraciones, las que nacen del desconocimiento de la malla curricular y de las competencias de un profesional de nuestra área. Y todo aquello se podría evitar teniendo una definición de las competencias del nutricionista en el mismo código sanitario, del que forma parte de la discusión.

Como gremio velamos por dignificar nuestra profesión, por lo que rechazamos categóricamente estos dichos y lo consideramos una falta grave que contribuye a la desinformación, especialmente cuando estamos -al igual que otros Colegios Profesionales de Chile-, solicitando la inclusión de nuestra profesión al Código Sanitario.

Cabe recordar que las y los profesionales nutricionistas contamos con una formación universitaria de 10 semestres académicos, abordando asignaturas de Administración en Salud, Salud Pública y Administración específica en Servicios de Alimentación; para obtener el grado académico de Licenciado en Nutrición.

Dicho grado nos faculta a desempeñarnos con experiencia en ámbitos de gestión, docencia, investigación, funciones gerenciales, administrativas, ejecutivas u otras relacionadas con el quehacer propio de la profesión o ámbito de competencia; al igual que otro titular del equipo de salud.

Es relevante considerar estos aspectos y diferenciar lo que es una Dirección Administrativa de una Dirección Técnica acorde a cada formación, esta diferencia es clave a la hora de enfrentar situaciones como esta y potenciar la resolución del problema más que apuntar a la responsabilidad de una profesión en sí misma, punto que aborda el Parlamentario.

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Como garantes de nuestra profesión no permitiremos que se hagan este tipo de conjeturas, sin tener conocimiento claro del quehacer profesional, y con el afán de denostar nuestras competencias y habilidades en comparación del equipo de salud.