Aplicación de Ley de autismo y desafío de la inclusión educativa: Se nos viene marzo
El 10 de marzo de 2023 se promulgó en Chile la Ley 21.545, que establece la promoción de la inclusión, la atención integral y la protección de los derechos de las personas con Trastorno del Espectro Autista en el ámbito social, de salud y educación. Y el pasado 28 de diciembre se dictó la resolución exenta N°586 de la Superintendencia de Educación que imparte instrucciones sobre la aplicación de la ley.
La promulgación de la ley 21.545 ha sido presentada como un avance para la inclusión educativa. Sin embargo, la inclusión es un proceso complejo, que requiere tiempo y puede presentar paradojas y desafíos que merecen ser discutidos, porque de lo contrario, y con evidencia en los procesos históricos de transformación en Chile, puede traer efectos contrarios a lo deseado. Y será tarde para decir, “es que no lo vimos venir”.
El artículo 18 del Título IV de la ley es central para la inclusión educativa, y dice: “Es deber del Estado asegurar a todos los niños, niñas, adolescentes y personas adultas una educación inclusiva de calidad y promover que se generen las condiciones necesarias para el acceso, participación, permanencia y progreso de los y las estudiantes, según sea su interés superior”.
Sobre el acceso, en Chile se han disminuido las barreras para asegurar el ingreso de estudiantes con autismo en escuelas regulares. Los datos de Mineduc dan cuenta que, en los últimos siete años, la matrícula de estudiantes con autismo en escuelas con Programa de Integración Escolar (PIE) ha aumentado en más de 1.000%, pasando de 3.731 estudiantes en 2015 a 43.428 en 2023. Sin embargo cuando pensamos en el aseguramiento de la participación, permanencia y progreso de los estudiantes con autismo, el panorama se vuelve complejo.
En el caso chileno, la principal fuente pública de apoyo educativo a estudiantes con autismo se realiza a través del PIE, regulado por el decreto 170/2010, y con financiamiento por diagnóstico clínico individual de los estudiantes. No obstante, la evidencia muestra que este tipo de estrategias, si bien posibilitan la contratación de profesionales y obtención de recursos para brindar apoyo a los estudiantes que lo requieren, también resultan en todo lo contrario: crean barreras para la inclusión, en la medida en que tienden a la individualización, a la segregación y a la disminución de la participación de los estudiantes.
En el caso del autismo, hoy sabemos que la cantidad de estudiantes con esta condición es mucho mayor que el máximo que, según normativa, puede tener una institución educativa por aula. Entonces, hay estudiantes con autismo que quedan excluidos, por lo que seguir subvencionando de acuerdo con diagnósticos individuales resulta inviable. Es urgente transitar a un sistema de subvención basal de acuerdo con parámetros mínimos de infraestructura, recursos humanos y lo necesario para brindar apoyos transversales, que nos encamine hacia un sistema educativo realmente inclusivo que atienda la diversidad en su conjunto.
Para avanzar hacia el aseguramiento de la participación y permanencia de estudiantes con autismo en el sistema educativo chileno se requieren condiciones de infraestructura, que consideren flexibilidad en la exposición a estímulos sensoriales, desarrollo profesional permanente de los educadores, facilitación de tiempos y espacios para generar comunidades de aprendizaje docente y un currículum educativo que permita la autonomía docente necesaria para la diversificación de los aprendizajes.
También es necesaria una actitud de la sociedad en su conjunto que favorezca el bien común y que valore la diversidad como una riqueza que contribuye al desarrollo integral de todos los estudiantes, porque la inclusión es una oportunidad para que las comunidades educativas se desarrollen.
Todo lo anterior requiere tiempo, reflexión, recursos y gestión. La resolución exenta N°586 sobre las instrucciones de la bajada de la Ley 21.545 se promulgó el 28 de diciembre de 2023. Sin embargo, los meses de enero y febrero suelen ser meses de receso escolar, con la salvedad de un par de días que se destinan a planificar el año escolar 2024, por lo que es crucial que en esos periodos las instituciones educativas consideren espacios de reflexión y gestión sobre cómo se abordarán las instrucciones ministeriales para la inclusión de estudiantes con autismo.
Hoy es crucial que la educación pública tenga un sentido de inclusión y calidad. Sin duda, la Ley de Autismo nos pone un desafío mayúsculo al mostrarnos las paradojas en las que caemos con la mejor de las intenciones. Tal vez su mérito mayor será mostrarnos que seguir buscando soluciones particulares en cortos periodos de tiempo, para problemas complejos, sin poner en el centro del currículo educativo el desarrollo integral, el bienestar y la calidad de vida de todos los estudiantes, puede resultar todo lo contrario a una educación inclusiva.