Una Constitución engañosa
A diferencia de lo que ha ocurrido en Chile, en estos últimos años, las Constituciones no se guían por la regla de la mayoría, sino por acuerdos y compromisos entre mayorías y minorías.
El proyecto de Constitución que se va a votar, el 17 de diciembre, se basa en la mayoría que obtuvo la derecha en la elección de constituyentes. Aprovechando esa mayoría, se construyó un texto que engaña. Lo hace en muchos ámbitos pero me voy a referir al que me parece más relevante. El “Estado social y democrático de derecho”(artículo 1, numeral 3) y a los derechos humanos de segunda generación, como la salud o educación.
Como dice Carlos Hunees (El Mercurio 23 noviembre 2023) “El anteproyecto refuerza el orden político neoliberal, que tiene Chile desde hace casi medio siglo, sin ocuparse de enfrentar y resolver sus graves dificultades.”
Con el objetivo de reforzar el modelo neoliberal, la Constitución plantea un Estado con menor capacidad fiscalizadora (artículo 16, numeral 14, letra a) y con escasa injerencia en áreas de la economía, aunque sean centrales para las personas, como salud, educación, previsión, vivienda (artículo 32, letras a, b, c, d) Se considera natural que los privados hagan negocios en estas áreas. Además, el Estado asigna recursos a instituciones privadas, en aquellos espacios en que las personas no cuentan con los recursos suficientes. De esta manera se le facilita a los privados extender, aún más, su campo de negocio.
Como explica el abogado constitucionalista Javier Couso (Diario U. de Chile, 30 octubre 2023) la Constitución es engañosa porque cuando se menciona Estado Social el aterrizaje es insatisfactorio para el cumplimiento de los derechos. Se plantean muchos derechos, pero no se entregan herramientas para materializarlos.
Para garantizar derechos se requiere de un Estado con recursos, vía impuestos. Pero a diferencia de aquello el propio texto muestra que se pretende disminuir impuestos al eliminar las contribuciones (artículo 29, letra c). El texto omite que no se otorgan las posibilidades de llevar a cabo proyectos de ley que permitan concretar estos derechos. Es así como, el Estado social es un mero título. La derecha aceptó ese título por razones políticas, se hizo cargo de la demanda de derechos sociales. Pero, lo que es relevante, la derecha engaña: ofrece derechos, pero oculta que no se podrán implementar, porque no va a aceptar subir los impuestos.
Hacer negocios se opone a que la ciudadanía pueda ejercer sus derechos. Sin embargo, la derecha ha logrado armar un discurso que los hace complementarios, en gran medida debido a la ausencia de un debate ideológico. Por un lado un ciudadano que tiene derecho y un Estado que los garantiza y, por otro lado, un consumidor de servicios, sujetos a las reglas del mercado.
Esto es imprescindible, porque la derecha jamás permitiría que los empresarios pierdan un campo de negocio tan lucrativo como la salud, educación, previsión. Se trata de colocar un titular con una bajada que convenga.
Los verdaderos derechos sociales implican solidaridad: en salud, pensiones, educación. Implica que el Estado tenga recursos suficientes para garantizar esos derechos, los que son universales, gratuitos y de calidad. Como era esperable, en esta Constitución, nada de eso está presente.
En la práctica, la derecha, siempre se ha opuesto a los derechos sociales y a un Estado garante de derechos. En esta Constitución, el engaño tiene ribetes de burla: se difunde la existencia de derechos, pero se ocultan los obstáculos para concretarlos.
Al contrario de un Estado Social, a lo largo del texto, el Estado se ve debilitado. Se colocan límites al ejercicio de la potestad sancionadora del Estado (artículo 33)
Además, se constitucionaliza el modelo de las Isapres y se impide reformar el sistema de pensiones protegiendo a las AFP. Como se ha mencionado, la historia ha demostrado que el negocio es incompatible con el ejercicio de derechos.
Por otra parte, el Estado está sujeto al principio de responsabilidad fiscal, no así los privados, por lo que serán los privados los que tendrán la principal participación como prestadores y, como se acepta el lucro, la educación, la salud, la previsión, seguirán siendo un gran campo de negocio para los privados.
En la práctica, la derecha rechaza el Estado social y democrático de derecho, como se conoce en países desarrollados. En el texto se plantea expandir el ámbito de negocios de los privados, los que siempre se han guiado por obtener la máxima ganancia posible. Al respecto, el país está en deuda en relación a una verdadera disputa ideológica.
Desde la izquierda, se debería recoger, por ejemplo, lo que dejó escrito Gerardo Jofré, en un documento de trabajo del Ministerio de Hacienda, el año 1988. Según él, una condición fundamental para que el sistema de mercado se desarrolle, en áreas como educación, es que la educación gratuita entregada por el Estado sea de calidad inferior a la educación privada. “Esta idea resulta chocante, pero si no existiera esta diferencia nadie asistiría a escuelas pagadas” (Jofré, 1988, p. 213. En Vidal Paulina, y otros “La educación superior chilena como campo de disputa ideológica”, 2017)
Se trata de discutir sobre las dos concepciones que existen de Estado y sociedad. Estado social o Estado subsidiario, concepciones que, a falta de debate ideológico, la derecha ha logrado aunar.
Incluso un investigador de derecha Pablo Ortúzar (El Mercurio 3 de noviembre 2023) reconoce abiertamente que la Constitución sólo tiene el título de Estado Social Democrático de Derecho, porque las funciones que se le asignan al Estado son subsidiarias.
Eso significa que los privados van a seguir lucrando con la salud, con la educación, con la previsión y, como quedó demostrado en la revuelta social del 2019, el hecho que los privados hagan negocio en estas áreas, no sólo es incompatible con garantizar derechos sociales, sino también, es el origen del malestar que existe en un número significativo de la población.
Si la discusión Constitucional surgió de un conflicto social que estaba centrado en el problema del abuso, esta Constitución engañosa sólo podría profundizar ese problema. No se construyó “una que nos una”, por el contrario, se construyó una que agudiza la desigualdad social y la inestabilidad.
Pero, además, la Constitución no se hace cargo de la lucha contra el narcotráfico. Como señala un grupo de profesores de Derecho de la Universidad Adolfo Ibañez, en la práctica, la nueva propuesta hace inconstitucional la penalización del narcotráfico. Como el texto Constitucional impondría un estándar más alto para la descripción de delitos, significaría una modificación importante del derecho penal chileno, impactando directamente la efectividad de la lucha contra el narcotráfico. (El Mostrador, 9 noviembre, 2023)
Otro aspecto de gran complejidad es lo que se ha denominado objeción de conciencia, que es el derecho que tiene una persona a no cumplir una determinada ley por aspectos relacionados con su religión o manera de pensar. (art. 16, numeral 13) y la objeción de conciencia puede ser institucional. Esto es gravísimo porque pone en riesgo el aborto en tres causales en los hospitales; las farmacias se pueden negar a vender la píldora del día después; los colegios pueden decidir no aceptar a niños y niñas de padres separados, expulsar a jóvenes embarazadas o no aceptar a niños y niñas transgéneros.
Para terminar, haré referencia al engaño que existe cuando se plantea que esta Constitución asegura la libertad de elección para ejercer los “derechos sociales”.
¿Libertad de elección?
La Constitución plantea la libertad de elección, del conjunto de los habitantes, respecto a los derechos sociales. Esto es falso. Si los derechos sociales son universales, gratuitos, y de calidad, en Chile existe calidad sólo para quienes puedan pagar. El Estado no cuenta con los recursos para terminar con las listas de espera. La libertad de elección sólo existe para un 10% de la población que puede pagar los elevados aranceles que piden las empresas de salud, o educación.
SALUD (artículo 22.b)
“Cada persona tendrá el derecho a elegir el sistema de salud al que desee acogerse, sea este estatal o privado”
¿Cuál es la libertad de elección que tiene una persona, que gana mensualmente $500.000 (mediana nacional), para elegir en salud una Isapre cuyo plan puede costar $300.000 mensuales?
EDUCACIÓN (artículo 23 b)
“Las familias tienen el derecho preferente y el deber de educar a sus hijos, de elegir el tipo de educación y su establecimiento de enseñanza”
¿Cuál es la libertad de elección que tiene una familia para escoger un colegio, si no cumple con los requisitos obligatorios para entrar, como, por ejemplo, no ser divorciados, o no tener un sueldo que permita pagar los $400.000 mensuales que cobra?
PREVISIÓN (artículo 28, b)
“Cada persona tendrá propiedad sobre sus cotizaciones previsionales (…) tendrá el derecho a elegir libremente la institución estatal o privada, que los administre e invierta. En ningún caso podrán ser expropiados o apropiados por el Estado, a través de mecanismo alguno”
¿Cuál es la libertad de elección que tiene un individuo, que ha trabajado 45 años en un mercado laboral de bajos sueldos, como el chileno, y después de haber cotizado obligatoriamente en una AFP recibe $150.000 de pensión?
Esta Constitución engaña, oculta su visión de sociedad y los intereses que defiende.
Obedece a las paradojas de la historia. Cuando, el 2022, se pudo haber ganado una Constitución que, en gran medida, fuera la superación del neoliberalismo, el 17 de diciembre del 2023, estará en juego la posibilidad de tener una Constitución que sea su profundización.