Gobiernos Regionales: Descentralización sin concentración
El 13 de junio del presente año, la Asociación de Gobernadoras y Gobernadores de Chile (AGORECHI), suspendía las conversaciones con el Gobierno Central al considerar que el proyecto que ponía fin a la figura del delegado o delegada presidencial era un proyecto insuficiente y que en la práctica no favorecía el proceso de descentralización en lo político, en lo administrativo ni en lo fiscal.
Más allá del acuerdo que podamos tener con dicho calificativo y la insuficiencia o no del proyecto recién mencionado, lo cierto es que requerimos avanzar en una efectiva descentralización, fortaleciendo el rol político de los Gobiernos Regionales en cada territorio, pero también dándole cuerpo a quiénes hoy cumplimos con el rol de fiscalización de los recursos públicos que en la actualidad cumplen un papel fundamental en el desarrollo de las regiones de nuestro país.
Dar más autonomía financiera y competencias a los gobiernos regionales, camino que se ha seguido durante el último año, es sin duda un avance; autonomía y flexibilidad financiera que -por cierto- solicitaron quienes encabezan los mismos gobiernos regionales. No obstante, si ello se concentra sólo en potestades para la figura del gobernador o gobernadora (quienes según la Ley N°19.175 son el órgano ejecutivo del Gobierno Regional), la descentralización corre el serio riesgo de ser a costa de la concentración del poder en figuras unipersonales, lo que sin duda resulta un contrasentido.
Para muestra un botón: en la actualidad las y los gobernadores pueden financiar proyectos sin pasar por el Consejo Regional (CORE) respectivo cuando dichos montos son inferiores a 7.000 UTM, es decir, las iniciativas que tengan un valor menor a 443 millones de pesos son de exclusiva decisión del ejecutivo del Gobierno Regional el financiarlos o no, lo que sin duda abre posibilidades de arbitrariedades. Si bien en la actualidad la ley le otorga al Consejo Regional la facultad de distribuir por ítem o marcos presupuestarios los recursos de los programas de inversión de cada Gobierno Regional y sus respectivas directrices, prioridades y condiciones, esto es siempre a la base de la proposición del gobernador o gobernadora.
En plena crisis política derivada del financiamiento irregular a fundaciones o corporaciones, ¿esto nos hace sentido? ¿Esta situación no nos habla más bien de la necesidad de fortalecer los contrapesos políticos en el Gobierno Regional y otras instituciones?
Hoy las funciones de fiscalización del Consejo Regional se encuentran limitadas. Si bien la Ley entrega al Consejo Regional la facultad de fiscalizar el desempeño del gobernador, lo hace en tanto órgano, no como prerrogativa de cada consejero o consejera, lo que sin duda ralentiza y complejiza la labor fiscalizadora. Este mismo criterio ha sido respaldado por la Contraloría.
De la misma manera, sus funciones quedan determinadas con diferentes facultades según la competencia a la que se refiera: en la mayoría de ellas son prerrogativas del CORE el aprobar ciertos instrumentos regionales, mientras que en otras se señala como facultad "aprobar, modificar o sustituir". A partir de esto se ha concluido, a través de un ejercicio de comparación en las normas, que buena parte de las facultades del Consejo Regional quedan sólo supeditadas a una posible aprobación y no una propuesta de modificación o sustitución (o incluso rechazo).
Durante estos días, distintos medios de comunicación han insinuado que el conflicto de financiamiento a privados sería resultado de gestiones del actual gobierno. Ello no es cierto no sólo en medida del marco que entrega el estado subsidiario imperante y la relación público-privada, sino por el origen de dicha normativa.
Las facultades actuales de transferencias desde GOREs a privados responden a modificaciones a las glosas por medio de Ley de Presupuesto anteriores al 2022, como una forma de facilitar que estos pudieran ejecutar más fácilmente su presupuesto, en tanto una subejecución presupuestaria podría implicar un castigo presupuestario para el próximo año.
El marco regulatorio general, a través del reglamento, fija los procedimientos y requerimientos de información para asignar los recursos del presupuesto de inversión regional (2020), mandatado por la misma N°Ley 19.175. Pero hoy tenemos una clara oportunidad para cuestionarlo y modificarlo.
Al inicio de este mes concurrimos a la promulgación de Royalty Minero, el que hace parte del proyecto que busca fortalecer mediante la entrega de recursos a Gobiernos Regionales y Locales la descentralización. Este proyecto no sólo generará nuevos importantes ingresos a dichos gobiernos, sino que implementará mejores normas de transparencia y favorecerá la autonomía de estas instituciones en el gasto, ambas iniciativas totalmente deseables.
Así, no hay que confundirse: la descentralización y regionalización administrativa y financiera van de la mano y las necesitamos. Pero con contrapesos propios de la democracia. Hoy tenemos una oportunidad para que los gobiernos regionales sean realmente gobiernos democráticos y no se transformen en verdaderos feudos.