Derecho al nudismo libre: La curiosa iniciativa popular que busca llegar al Consejo Constitucional

Derecho al nudismo libre: La curiosa iniciativa popular que busca llegar al Consejo Constitucional

Por: Joaquín Castro | 29.06.2023
En el marco del proceso de participación ciudadana en el proceso constitucional, una de las propuestas aboga por el derecho al nudismo libre y a eliminar las ofensas al pudor del Código Penal.

Desde hace unos días el Consejo Constitucional habilitó la página para que la ciudadanía apoye las iniciativas populares de norma (IPN) presentadas por personas u organizaciones sociales. Estas deben conseguir 10 mil firmas en al menos cuatro regiones para que pasen a ser debatidas en las respectivas Comisiones, y eventualmente incorporarse en la propuesta de nueva Constitución.

El plazo para firmar vence el 7 de julio y son más de mil las que se pueden patrocinar mediante la clave única, pero una de ellas llama particularmente la atención por lo que propone. Se trata de la Iniciativa Nº 1.691 acerca del derecho al nudismo libre, que pretende la modificación artículo 373 del código penal, alusivo a sanciones contra el pudor y buenas costumbres.

La propuesta busca agregar un nuevo artículo al capítulo II de Derechos y Libertades Fundamentales y cuenta con cinco incisos. El primero, relacionado a que “toda persona es titular del derecho al naturismo para fines recreativos”. El segundo, dice que “el Estado garantiza su ejercicio sin discriminación”, que provee a las personas de garantías en diversos servicios e información para ejercer el nudismo sin discriminación.

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El tercero habla acerca de las personas que en “cualquier modo ofendieren las buenas costumbres con hechos de grave escándalo o trascendencia no comprendidos expresamente en otros artículos de esta Constitución, sufrirán la pena de reclusión menor en conformidad a la ley”. 

Como cuarto inciso, se precisa que “la ley regulará el ejercicio de este derecho” y el quinto establece que “el Estado reconoce y garantiza el derecho de las personas a beneficiarse del progreso moral para ejercer de manera libre, autónoma y no discriminatoria este derecho”. 

Zonas habilitadas para nudistas

Los argumentos que entrega su impulsor, Diego Droguett, apuntan a que se establecerán zonas habilitadas para esta práctica y para no tener ningún tipo de problemas con la ley se pretende modificar el artículo 373 del Código Penal, con el fin de eliminar la palabra pudor y dejarlo de la siguiente forma: “Los que de cualquier modo ofendieren las buenas costumbres con hechos de grave escándalo o trascendencia, no comprendidos expresamente en otros artículos de este Código, sufrirán la pena de reclusión menor en sus grados mínimo a medio”.

Esta modificación protege a las personas que ejerzan el nudismo en las zonas habilitadas de ser detenidos por Carabineros y/o Fuerzas Armadas. También, establece una distancia mínima de 100 metros del Radio Urbano (Zona Urbana), y el Consejo deberá definir si el nudismo será opcional u obligatorio.

Adicionalmente, propone que si esta reforma al Código es rechazada, pero alcanza el quórum mínimo de 4/7, se deberá convocar a un Plebiscito Dirimente sobre Nudismo con las siguiente papeletas:

1) ¿Está usted de acuerdo con la Despenalización del Naturismo en Lugares Habilitados?

Opción 1: A favor

Opción 2: En contra

2) ¿Con cuál de las siguientes normativas está usted de acuerdo?

Opción 1: Nudismo Obligatorio

Opción 2: Nudismo Opcional

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La consulta será vinculante y con voto obligatorio. En caso de ganar la opción “ A favor” se debe crear un proyecto de ley en un plazo máximo de dos años. En el caso contrario, no se podrá votar en el Parlamento, sino en 50 años después de la fecha de dicho Plebiscito Dirimente.

Puedes revisar y apoyar las iniciativas en el siguiente enlace: ucampus.quieroparticipar.cl/m/iniciativas