A 50 años del Golpe, Suprema declaró errónea sentencia del Consejo de Guerra en Pisagua
La Corte Suprema declaró como "injustificadamente errónea" la sentencia dictada por el Consejo de Guerra del campo de prisioneros de Pisagua en el contexto de la dictadura militar de Augusto Pinochet. El fallo se da 50 años después de sucedida la ejecución en la caleta iquiqueña, visita la semana pasada por el Presidente Gabriel Boric.
En esa visita, tras comentar el doloroso legado de Pinochet, el mandatario anunció "un instrumento que avanza en la búsqueda de víctimas de desaparición forzada durante la dictadura”.
“Quienes llegaron a este infierno, a partir del 11 de septiembre de 1973, fueron detenidos, atormentados, torturados y, en muchos casos asesinados, justamente por defender la dignidad del hombre. No olvidamos ni olvidaremos jamás a quienes aquí cayeron", dijo Boric durante su sentida alocución.
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De acuerdo a lo informado por el Diario Constitucional, la pena fue ratificada por el Tribunal de Justicia Militar en Tiempo de Guerra en noviembre de 1973, que condenó a pena de muerte a Germán Palominos Lamas, cónyuge de una de las demandantes, mientras que el resto de los actores fueron condenados a penas privativas de libertad por delitos relativos a seguridad interior del Estado.
El fallo se da aunque desde el máximo Tribunal ya habían absuelto a los condenados en sentencia de reemplazo del pasado 6 de marzo del 2020 por estimar que el "actuar del Consejo de Guerra fue discrecional".
Tortura
Asimismo, el fallo también estimó que las pruebas obtenidas para acreditar la responsabilidad en los presuntos delitos cometidos por los acusados "fueron obtenidas luego de someter a los actores a sesiones de tortura, por lo que las sentencias dictadas en dicho contexto carecen de legitimidad".
Para declarar la sentencia como un error judicial, la resolución se funda en que la condena de los actores fue consecuencia de "una actuación de la judicatura militar carente de elementos de convicción que la fundamentaran racionalmente".
Por lo anterior, para la Corte Suprema "no cabe si no concluir que la decisión fue injustificadamente errónea" por tratarse de una sentencia que no tuvo pruebas suficientes para dictar las penas ejecutadas.
Revisa la sentencia a continuación:
3.1.-CS-ROL-No90.651-2020 by Kathia Cancino Rojas on Scribd