Abogado de DDHH por condena al Comando Conjunto: “Sus crímenes han quedado al descubierto”

Abogado de DDHH por condena al Comando Conjunto: “Sus crímenes han quedado al descubierto”

Por: Giglia Vaccani | 22.07.2022
La Suprema confirmó condenas contra agentes del Comando Conjunto por secuestro calificado de cinco militantes comunistas en 1975 y 1976. “Ratifica una vez más que la media prescripción no se aplica en crímenes de lesa humanidad”, comentó Nelson Caucoto.

El abogado de derechos humanos, Nelson Caucoto, valoró el fallo de la Segunda Sala de la Corte Suprema que dejó a firme las condenas en contra de ex uniformados y agentes del Comando Conjunto -un grupo represor de la dictadura- acusados del secuestro calificado de cinco militantes comunistas en 1975 y 1976.

"Un nuevo proceso contra el Comando Conjunto llega a su fin con fallo del máximo tribunal. La Corte Suprema ratifica una vez más que la media prescripción no se aplica en crímenes de lesa humanidad”, dijo el representante de 3 de las 5 víctimas en este caso.

Caucoto añadió que “definitivamente los crímenes de esa organización han quedado al descubierto y la administración de justicia ha cumplido con su función al sancionarlos.   Una gran pena por no haber ubicado el paradero de las víctimas, y ello revive la obligación del Estado de Chile y de sus autoridades por ubicarlos, sin renuncios y haciendo los máximos esfuerzos en ese sentido”.

El caso refiere a las desapariciones de Carlos Sánchez Cornejo, pensionado de correos y telégrafos, detenido el 17 de diciembre 1975; Francisco Hernán Ortiz Valladares, mueblista, detenido el 30 de octubre 1975; José Santos Rocha Álvarez, artesano textil, detenido el 31 de octubre 1975; José Weibel Navarrete, dirigente de las juventudes comunistas, ocurrido el 29 de marzo de 1976 y el ingeniero hidráulico Mariano Turiel Palomera, el 15 de julio del mismo año.

Por decisión de los ministros Haroldo Brito, Jorge Dahm, María Teresa Letelier, Diego Simpertigue y la abogada integrante Pía Tavolari, fueron rechazados los recursos de casación presentados por la defensa de dos de los sentenciados, los marinos en retiro Daniel Guimpert Corvalán y Carlos Hernán Rodrigo Villarreal.

Guimpert fue condenado a la pena de doce años de presidio mayor en su grado medio, como autor de los delitos de secuestro calificado, en carácter de consumado, respecto de las tres víctimas.

Villarreal a quien se le ratificó su condena de 5 años y un día de presidio mayor en su grado mínimo, como coautor del secuestro calificado consumado de José Weibel Navarrete.

La sala dejó a firme además lo resuelto por el tribunal de alzada capitalino, el cual había ratificado previamente lo fallado por ministro Miguel Vásquez Plaza, a cargo del proceso y quien dictó sentencia de primera instancia.

En dicha sentencia se condenó a los oficiales de la FACH Freddy Ruiz Bunger (fallecido en el intertanto), a Juan Francisco Saavedra Loyola y al oficial de Carabineros Manuel Muñoz Gamboa, a la pena de 18 años de presidio por los secuestros calificados de las cinco víctimas.

El tribunal condenó al también oficial de la FACH,  Benedicto Quiroz Reyes  (fallecido en el intertanto), a la pena de 6 años de presidio por secuestro de Mariano Turiel Palomera.

Del mismo modo, al carabinero Alejandro Sáez Mardones y al militar de la FACH Roberto Flores Cisternas, a la pena de 5 años y un día de presidio por secuestro calificado de José Weibel Navarrete.

El Comando Conjunto operó entre los años 1975 y 1976. Estaba conformado por agentes de la dirección de inteligencia de la Fuerza Aérea, DIFA, de carabineros. DICAR, armada, SIN, y Ejército, DINE, y más civiles, siendo su principal objetivo la represión de la Juventud Comunista y el Partido Comunista, para lo cual se procedía a la detención de personas vinculadas a dicho partido, las que eran privadas de libertad para la obtención de información mediante tortura física y psicológica, y posteriormente liberadas o trasladadas con destino desconocido o asesinadas.

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