Pensión Garantizada Universal: ¿Cómo puedo postular para aumentar mi baja pensión?

Pensión Garantizada Universal: ¿Cómo puedo postular para aumentar mi baja pensión?

Por: Cristian Neira | 01.02.2022
Este martes 1 de febrero se abre el proceso de postulación para obtener la Pensión Garantizada Universal, proyecto que busca mejorar los bajos montos que reciben los jubilados. Acá te contamos todos los detalles.

Luego de ser promulgada, la Pensión Garantizada Universal (PGU) abrió este martes 1 de febrero su proceso de postulaciones, para la ley que busca elevar los bajos montos de las jubilaciones.

Importante aclarar que este beneficio no sólo está dirigido a personas que ya se hayan jubilado, pues quienes siguen trabajando, también pueden recibirlo.

¿En qué consiste la PGU?

La norma aprobada por el Congreso busca sustituir la actual Pensión Básica Solidaria y ampliar el monto de $176.000 a $185.000. Además, los adultos mayores de 65 años que estén en el 90% del Registro Social de Hogares, independiente de si tienen o no ahorros previsionales, también serán beneficiados. De esta manera, la PGU permitirá aumentar la Pensión Básica Solidaria y el Pilar Solidario desde un 5,1% hasta en un 35,1%.

¿Cómo puedo postular?

Para poder aspirar a recibir el beneficio, debes ingresar a la web de Chile Atiende o a la del Instituto de Previsión Social.

¿Cuáles son los requisitos para obtener la PGU?

  • Haber cumplido 65 años.
  • Estar dentro del 90% de la población más vulnerable.
  • Acreditar residencia en el territorio de la República de Chile por estos casos:
      • Un lapso no inferior a 20 años, continuos o discontinuos, contados desde que la persona solicitante haya cumplido 20 años de edad.
      • Un lapso no inferior a cuatro de los últimos cinco años de residencia desde la fecha de presentación de la solicitud.
  • Contar con una pensión base menor a $1 millón.

Importante:

  • Estos requisitos estarán vigentes desde el 7° mes de entrada en vigencia de la ley (vale decir, desde agosto si comienza a regir en febrero). Hasta esa fecha, los requisitos son los mismos que lo del actual Pilar Solidario.
  • Para las personas beneficiarias de APSV con pensión final garantizada superior a $185.000: su beneficio no será modificado en febrero (cuando entre en vigencia la ley), sino que podría efectuarse en mayo, dado que el IPS evaluará cuál es el beneficio de mayor valor al que podría optar la persona, si su APS actual o la PGU. Quienes se encuentren en esta situación, no deberán realizar ningún tipo de solicitud y ante consultas, deberán comunicarse directamente con la entidad pagadora de su pensión.

¿Cuál es el monto de la Pensión Garantizada Universal?

El monto de la PGU será de $185.000.

La Pensión Básica Solidaria de Vejez, actualmente de $176.096, será reemplazada por la Pensión Garantiza Universal, de $185.000. También el monto del Aporte Previsional Solidario de Vejez -variable según la pensión de cada persona- será reemplazado por este valor de $185.000.

En el caso de quienes perciban una pensión mayor a $630.000 y hasta 1 millón de pesos, y que al mismo tiempo cumplan los requisitos, el monto del beneficio que reciban en la próxima etapa que se inicia en agosto corresponderá a una parte de la PGU, en un valor que decrecerá mientras más alta sea la pensión que reciba la persona.