OPINIÓN | Medidas más, medidas menos, los varamientos de carbón en Ventanas suman y siguen
El 30 de noviembre del año 2008, el Sindicato Pescadores de la Caleta de Ventanas denunció por primera vez un varamiento de carbón, informando de la aparición de cientos de kilos de carbón de piedra varados en la caleta de Ventanas y en playas adyacentes proveniente del procesos de carga y descarga de carbón y petcoque del Puerto de Ventanas. En la carta, el sindicato solicitaba que los servicios en quienes recae el mandato constitucional de “velar” por la preservación de la naturaleza, iniciaran procedimientos de sumarios respecto del mencionado incidente, invocando la Constitución, la Ley General de Pesca y Acuicultura, la Ley Orgánica de DIRECTEMAR y la Ley de Bases del Medio Ambiente.
Desde aquella primera denuncia realizada 12 años atrás, se han registrado 896 varamientos de carbón en Ventanas sin determinar sus responsables, lo que deja en evidencia el nivel de eficacia de las acciones impulsadas por los servicios públicos cuyo fin, al menos en el papel, era evitar la repetición de varamientos de carbón. En este periodo, la Superintendencia de Medio Ambiente (SMA) ha recibido decenas de denuncias por estos eventos, sin abrir investigación alguna, mientras que de las dos investigaciones sumarias iniciadas por la DIRECTEMAR, ninguna ha finalizado.
En el año 2013, la Capitanía de Puerto de Quintero ya había exigido al Puerto de Ventanas una serie de medidas a fin de mitigar el vertimiento de carbón al mar, entre las cuales se encontraban: a) la instalación de una manteleta en la extensión del buque por todo el frente de atraque (dispositivo que se instala entre el barco y el muelle para evitar caída de carbón al mar), b) la limpieza sobre buque y muelle con sistema de aspiración c) un camión aspirador de alto vacío; y d) la restricción de operación con vientos por sobre los 18 nudos. Pues bien, desde la adopción de dichas medidas han ocurrido 844 varamientos, el último, registrado el pasado viernes 30 de julio del 2021.
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Tras el reciente fallo de la Corte de Apelaciones de Valparaíso, que prohibía la descarga de carbón en el Puerto de Ventanas, la misma Capitanía de Puerto de Quintero instruyó 41 “nuevas” medidas para la descarga de carbón a cumplir por el puerto, dándose a conocer a través de la prensa solo algunas de ellas, las cuales en su mayoría no distaban de las ya exigidas en el año 2013, salvo pequeñas modificaciones, como el color de la manteleta y la velocidad máxima de viento para la descarga de carbón, la cual se redujo desde 18 a 15 nudos. A todas luces, estas medidas no permiten prever un cambio significativo en las condiciones operacionales del Puerto de Ventanas y, por ende, de una reducción en los vertimientos de carbón al mar.
Con la finalidad de evitar nuevos vertimientos de carbón, tal como lo establece el fallo de la Corte de Apelaciones de Valparaíso, se requiere hacer una profunda revisión y completa mantención de las instalaciones para la descarga de carbón, especialmente los más de 1000 metros de correas que transportan el carbón sobre el muelle y el mar, sistemas de rodillos, ejes, incluyendo las instalaciones de las torres de transferencia, las que han sido escasamente fiscalizada durante su tiempo de operación. Junto a ello, se requiere también que las operaciones de descarga de carbón sean evaluadas a través de un Estudio de Impacto Ambiental. Sin ello, no se debiese autorizar una nueva descarga de carbón.
Paralelamente, y como medida de recuperación ambiental, la autoridad debería ya haber exigido a las empresas el retiro del carbón acumulado en el fondo marino (dragar), priorizando para ello el empleo de mano de obra local.
Una y otra vez las medidas instruidas desde la Capitanía de Puerto han demostrado ser ineficientes para evitar los varamientos de carbón en el mar, es por ello que desde Fundación Terram creemos que la decisión más adecuada para esta zona de sacrificio es paralizar en forma inmediata la operación de las termoeléctricas a carbón.
Tras el reciente anuncio de desistimiento de su apelación ante la Corte Suprema por parte de la empresa AES Gener y la dictación del cúmplase de la sentencia emanada de la Corte de Apelaciones de Valparaíso, se deberían implementar las medidas establecidas en los fallos de los recursos de protección presentados. Sin embargo, todo hace presagiar que las 41 “nuevas” medidas dispuestas por la Capitanía de Puerto de Quintero serán utilizadas para continuar eludiendo la implementación de acciones reales que impidan nuevos varamientos de carbón en la playa de Ventanas.