Curacautín: Presentan recurso de protección contra vocera de APRA, Carabineros y funcionarios municipales tras polémico desalojo
La noche del sábado 1 de agosto, cientos de civiles atacaron a los mapuche que mantenían tomado el edificio municipal de Curacautín, respaldando la huelga de hambre que por esos días llevaban adelante 27 comuneros.
Tras estos hechos, se presentaron al menos dos acciones judiciales por torturas, de parte de civiles hacia quienes realizaron la toma, con la aprobación de Carabineros.
En ese contexto, este martes la abogada Manuela Arroyo, presentó un recurso de protección en representación de 10 de los mapuche que participaron de la toma.
La acción judicial es en contra de Carabineros de Chile de la provincia de Malleco, la directora de la Cámara de Comercio de Curacautín, Karina del Pilar Ramírez Rifo, Gloria Naveillan, vocera de la Asociación para la Paz y la Reconciliación de la Araucanía (APRA).
Adicionalmente, el recurso apunta a cuatro funcionarios municipales: Juan Beltrán Campos, Marcia Kunz Medina, Daniel Ivan Olate Arriagada y Rut Verónica Cheuquepán Salazar.
APRA y Cámara de Comercio de Curacautín
La acción relata que en el contexto de la toma de la municipalidad "aproximadamente desde las 20:00 horas, comienzan a arribar a las dependencias de la Municipalidad una gran cantidad de personas, convocados por las recurridas Karina Ramírez y Gloria Naveillan, representantes de la Cámara de Comercio de Curacautín y de la Agrupación Gremial APRA, quienes incitaron a la realización de actos de odio y racismo a través de las redes sociales".
Esto último, se respalda en un audio filtrado en redes sociales, en que la líder gremial Gloria Naveillan es clara. “Ya señores, ¿cuántos levantan la mano para ir, de aquí a las doce?", se el escuchó decir en su convocatoria.
"Y nos juntamos en la plaza. Necesito saber con cuántos contamos. No vamos a ir diez hueones, porque nos van a sacar la cresta. Tenemos que ser por lo menos 30 o 40 personas. Con palos, porque aquí nos van a pegar. Hay que ir con palos o con lo que necesiten para defenderse. Pero la muni la tenemos que recuperar hoy”, dijo.
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Asimismo, en el caso de Ramírez, la acusación se respalda en una denuncia efectuada por la vocera de la Cámara de Comercio de Curacautín.
La mujer "se autodenunció ante el Ministerio público como una de las responsables del actuar discriminatorio y racista efectuado ese día por la población civil y avalado por Carabineros de Chile", explica el texto.
"Tras el llamado de las recurridas para desalojar a los comuneros que se encontraban al interior de la municipalidad, al menos 50 personas se aglomeraron a las afueras de la municipalidad, premunidos con palos y botellas realizando gritos y amenazas que connotan racismo, discriminación y odio tales como “hay que sacar a esos indios de mierda, váyanse de acá, maracas culias, váyanse de nuestra municipalidad”, “el que no salta es mapuche”, además de amenazar con muerte a los mapuche que estuvieran dentro o fuera del lugar, quemando banderas y elementos representativos Mapuche, quemando vehículos pertenecientes a los comuneros mapuche y agrediendo físicamente", relata además el recurso.
Funcionarios municipales
La acción judicial, menciona además que se ha podido identificar a varios funcionarios municipales involucrados en los hechos.
"Juan Beltrán Campos y otros dos funcionarios municipales que no logramos identificar en su totalidad, siendo los responsables de sacar las camionetas de los mapuche que se encontraban dentro del recinto municipal a la calle, para que posteriormente los civiles les prendieran llamas", relata el texto.
También, el recurso individualiza a "las trabajadoras municipales Viviana Cid Garrido, Rut Verónica Cheuquepan Salazar y Marcia Kuns Medina", como "las responsables de sacar las prendas de vestir tradicionales mapuche dentro de la municipalidad y quemarlas en las afueras".
En estas mismas acciones de quema, el recurso menciona además a los funcionarios Ricardo Díaz Inostroza y Daniel Olate Arriagada, quienes según los denunciantes "prendieron fuego a banderas y lienzos mapuche", esa misma noche.
Actos discriminatorios de Carabineros
Finalmente, respecto del accionar de la entidad uniformada, el recurso plantea que "los funcionarios de Carabineros de Chile que se encontraban en el lugar, en vez de cumplir con su deber legal de controlar el orden público, realizaron una acción protectora hacia el grupo de personas anti mapuche y discriminatoria respecto del otro grupo de personas mapuche, realizando un trato desigual y por lo tanto discriminatorio".
Esto, se justifica en que "por los actos de esa noche, sólo fueron detenidas y formalizadas por infracción del artículo 318 del Código Penal, artículo 264 del Código Penal y por la falta de riña en la vía pública, personas de origen mapuche".
"El sólo hecho de que la diferenciación en el trato se justifica a partir de ciertas categorías sospechosas que son innatas a la esencia de la persona, en este caso sólo por poseer la calidad indígena, provoca una discriminación arbitraria por parte de Carabineros de Chile", explicita el escrito.
El recurso fue presentado en nombre de Alberto Pascual Curamil Millanao, Lonko de la comunidad mapuche Pancho Curamil, y otros nueve comuneros, ante la Corte de Apelaciones de Temuco.