Opinión | La Acción Climática como principio de una Constitución Ecológica en Chile

Opinión | La Acción Climática como principio de una Constitución Ecológica en Chile

Por: El Desconcierto | 18.08.2020
La discusión constituyente debe enfrentar los desafíos de nuestros tiempos y ayudarnos a superar estructuras que reproducen las injusticias. La idea de una Constitución Ecológica apunta en ese sentido. Nos referimos a una Constitución cuyo contenido incorpore transversalmente y como ejes ordenadores, la protección del medio ambiente y la armonía entre la sociedad y la naturaleza.

La discusión constituyente debe enfrentar los desafíos de nuestros tiempos y ayudarnos a superar estructuras que reproducen las injusticias. Uno de los desafíos principales es hacer frente a la crisis climática y ecológica, lo que supone una serie de cambios estructurales, necesarios para asegurar nuestra continuidad social en este planeta.

La idea de una Constitución Ecológica apunta en ese sentido. Nos referimos a una Constitución cuyo contenido incorpore transversalmente y como ejes ordenadores, la protección del medio ambiente y la armonía entre la sociedad y la naturaleza. No se trata simplemente de sumarle derechos a una Constitución, sino de crear un marco normativo que permita una transformación, incluyendo, entre otras cosas, principios que marquen los objetivos de nuestra organización social.

Uno de los roles de la Constitución es, precisamente, cimentar el orden que nos daremos como sociedad, expresando las razones por las que estamos juntos y nos organizamos. Parece prudente, entonces, recordar que nuestra organización tiene entre sus principios la protección del lugar que habitamos, de manera que esta comunidad jurídico-política que constituye a Chile, pueda seguir habitando este territorio y encontrando en él la fuente de su bienestar.

La protección del medio ambiente debiera aparecer entonces como un principio esencial, siendo un deber, para las personas y un paraguas de interpretación de las normas, para el Estado. Lo mismo sucede con la justicia ambiental e intergeneracional, parte importante de las razones de ser de nuestra organización social. Pero además de estos principios, es importante incorporar uno específicamente referido a la Acción Climática, entendiéndola como nuestro compromiso con la reducción de nuestros gases de efecto invernadero y, con la adaptación de nuestras comunidades al cambio climático.

El rol del Estado en los años que vienen para disminuir el daño a los territorios, producto del cambio climático, será esencial. La adaptación a la nueva realidad climática requiere de acciones en muchos niveles y con una conducción del Estado que no es sustituible. El conocimiento científico, la inversión, las potestades de los organismos y la participación de la ciudadanía tendrán que confluir para adaptar los modos de vida en los bordes costeros, en lugares con sequías permanentes, en territorios agrícolas que ya no podrán seguir con sus actividades tradicionales, entre otros. Sobre la mitigación, nuestro compromiso como pueblo, tiene que ver con no seguir dañando un bien común de toda la humanidad, independientemente de lo que hagan los demás y de las negociaciones internacionales.

Un compromiso como este es necesario para afrontar nuestros desafíos en Chile, y  además, podría ser un ejemplo para que otros pueblos se comprometan a lo mismo. A la vez, la Acción climática, como principio, sería una marca precisa sobre el país que queremos tener; uno donde el cuidado sea un valor fundamental, que sustituya a la visión utilitarista de los otros

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