#SinConsentimientoEsViolación: Por una ley que proteja a las mujeres

#SinConsentimientoEsViolación: Por una ley que proteja a las mujeres

Por: Vivian González Pellegrino | 17.08.2020
El sistema judicial nos falla a las mujeres abusadas. En el juicio salen a relucir los prejuicios machistas, nos revictimizan y culpan, normalizando la violencia de género. Para la justicia actual la palabra del agresor pesa más que la nuestra. Estos delitos suelen ocurrir entre cuatro paredes y resulta casi imposible que tengamos pruebas suficientes para lograr una condena o, incluso, puede que cuando estemos preparadas para denunciar el delito ya haya prescrito.

Enfrentarme en carne propia con el sistema judicial me permitió y obligó conocer los vacíos que existen con respecto a las víctimas de violencia sexual, especialmente en lo referente al consentimiento.

El Código Penal establece que, para poder catalogarse como delito de violación, éste debe ocurrir en uno de los siguientes escenarios: 1) uso de fuerza o intimidación; 2) víctima privada de sentido o con incapacidad para oponerse; y 3) abuso de la enajenación o trastorno mental de la víctima. Sin embargo, el punto 2 pareciera ser muy difícil de demostrar, probablemente porque no existe un criterio unificado que defina cuándo hay incapacidad para oponerse.

De acuerdo a cifras reportadas por Miles Chile, se estima que sólo un 23% de las mujeres víctimas de violencia sexual realiza la denuncia. De éstas, menos del 10% concluye en una sentencia condenatoria, mientras que el 57,8% de las causas se archivan provisionalmente, sin considerar otras formas de término temprano o absoluciones.

El sistema judicial le falla recurrentemente a las mujeres. En el juicio salen a relucir los prejuicios machistas, nos revictimizan y culpan, normalizando la violencia de género. Para la justicia actual la palabra del agresor pesa más que la nuestra. Por otro lado, estos delitos suelen ocurrir entre cuatro paredes y resulta casi imposible que tengamos pruebas suficientes para lograr una condena, o incluso, puede que cuando estemos preparadas para denunciar, el delito ya haya prescrito.

Se mantiene en el ideario colectivo el concepto de víctima “ideal” y se espera que hayamos actuado de forma acorde a esta concepción. No se considera, por ejemplo, que la inmovilidad es una de las manifestaciones del instinto de supervivencia en el mundo animal. Sus esquemas tampoco admiten ni contemplan que el silencio o la inacción constituye ausencia de consentimiento. En cambio, se le exige a la víctima que se defienda de forma activa contra un hombre que tiene todas las de ganar. Entonces, ¿para qué denunciar, si no voy a lograr nada? Denunciar no es gratuito y conlleva un alto costo emocional, y muchas veces económico.

Es por todo esto que urge incorporar la perspectiva de género en el Poder Judicial, que sea exigible a los jueces que participen de procesos que involucren delitos sexuales. También es de vital importancia que Carabineros y PDI sean capacitados en temas de género, ya que son, en general, la primera línea de consulta.

Por último, debemos entender que en las relaciones sexuales no vale "el que calla otorga" y nuestras leyes deben ser modificadas en esa línea.

El Proyecto de Ley "Sin Consentimiento es Violación" incorpora el consentimiento como elemento de alta relevancia en la definición del delito y hoy duerme en el Congreso. Es más que necesario que se dé urgencia a esta modificación, ya que somos muchas las víctimas que hemos sido defraudadas por el sistema judicial y que, de no hacerse los cambios necesarios, continuarán aumentando.