Hasta cinco años de cárcel: Gobierno endurece castigos a quienes violen las normas sanitarias

Hasta cinco años de cárcel: Gobierno endurece castigos a quienes violen las normas sanitarias

Por: Cristian Neira | 17.06.2020
Luego del fuerte incremento en las cifras del coronavirus, donde este miércoles se informaron 232 nuevos fallecidos, el gobierno decidió extremar los castigos a quienes no cumplan con las medidas restrictivas para protegerse de la pandemia. Las penas de cárcel subieron de 541 días a cinco años.

El ministro de Defensa, Alberto Espina, confirmó que el gobierno decidió extremar y endurecer los castigos a quienes infrinjan las normas sanitarias impuestas para proteger a la población en medio de la pandemia del COVID-19.

Esto, luego que la Región Metropolitana experimentara un dramático aumento en las cifras de contagios y fallecidos, zona que además es la que más reporta detenciones por violar las cuarentenas o el toque de queda.

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Es por eso que Espina aseguró en el reporte diario, donde se informaron 232 nuevos decesos, que “el presidente Piñera renovó el Estado de Catástrofe para salvar la vida y salud de todos los habitantes de Chile”.

“Se han realizado más de 17 millones de fiscalizaciones en el país, por eso, desde los próximos días la penalidad será desde los 541 días a cinco años de cárcel para quienes no cumplan las medidas sanitarias del Minsal”, informó.

Permisos Temporales

Por su parte, la subsecretaria de Prevención del Delito, Katherine Martorell, anunció un control más estricto para el cumplimiento la norma en el país. De esta manera, la autoridad precisó que “todas las medidas que se han adoptado para estas cuarentenas, sobre todo en la Región Metropolitana no han sido suficientes para lo que se esperaba, en la disminución del desplazamiento de las personas”.

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No hemos logrado contener los contagios y, por lo tanto, necesitamos adoptar medidas que nos permitan adoptar medidas más drásticas aún en cuanto a las posibilidades de las personas de salir de su casa”, argumentó.

Las medidas que entran en vigencia a contar del lunes 22 de junio en la Región Metropolitana, son las siguientes:

- Permisos individuales de desplazamiento: sólo se podrá obtener dos por persona en horario diurno a la semana. Se reducen de cinco a dos.

- Salvoconductos individuales: se mantienen, pero sólo pueden ser utilizados en horario de toque de queda y en se restringen a dos ocasiones: para trámites funerarios o para tratamientos médicos.

- Permiso Único de Colectivo: es permitido sólo para empresas de rubros esenciales. Ahora se suman a los funcionarios públicos y a los servicios de comercio y alimentos esenciales. Quedarán fuera transporte, funcionario de salud públicos, privados, Bomberos y FF.AA.