Corte Suprema resuelve mantener el secreto militar y prohíbe entregar listado de viajes de comandante en jefe de la Armada
La Tercera Sala de la Corte Suprema resolvió dar preeminencia absoluta al secreto militar y prohibió entregar el listados de viajes del comandante en jefe de la Armada, Julio Leiva Molina, antecedentes que fueron solicitados con el respaldo de una resolución del Consejo para la Transparencia (CPLT).
El caso se inició en 2018, luego de que la información solicitada fuese negada por la institución naval y que el CPLT resolviera que los antecedentes debían ser remitidos, lo que fue ratificado por la Corte de Apelaciones. Ante este escenario, la Armada interpuso un recurso de queja ante el máximo tribunal.
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El fallo contó con tres votos a favor de la magistrada María Eugenia Sandoval y los abogados integrantes Pedro Pierry y Julio Pallavicini, que aceptaron los argumentos del Consejo de Defensa del Estado (CDE), en representación de la entidad militar, que acusaron a los tres miembros de la undécima sala del tribunal de alzada capitalino de haber cometido "falta o abuso" al confirmar la decisión del CPLT en 2018.
Sin embargo, la decisión tuvo dos votos en contra de los ministros Sergio Muñoz y Carlos Aránguiz, quienes precisaron que la Ley de Acceso a la Información "no es posible" de relativizar ni menos sus alcances, ya que la entrega de los datos en nada afectan los intereses estratégicos de la nación.
Según Bío Bío, Aránguiz señaló que las Fuerzas Armadas pueden y deben ser fiscalizadas, “pues no existe motivo alguno que impida requerir de las mismas los antecedentes que fueren del caso, en relación a esta materia”.
Esta resolución es un golpe al dictamen que publicó la Contraloría en julio de 2019, donde señalan que los viajes al extranjero debían ser publicados en la agenda pública, sobre todo aquellos que tienen relación con la Ley del Lobby.