¿Es un mito que el TPP-11 protege a las transnacionales?
El TPP-11 está entre los tratados que adscribe el país firmante al sistema de ADIE (Arreglo de Diferencias entre Inversionistas y Estados) que permite que las transnacionales puedan demandar a los gobiernos. A su vez, el TPP-11 está entre los tratados que permite justificar una demanda ADIE alegando “expropiación indirecta”, definida como cualquier interferencia de una política pública o regulación en las “expectativas razonables” de una inversión (Anexo 9-B del TPP-11, p.9-39). Evidentemente la capacidad de las transnacionales de demandar a un país usando esta figura jurídica limita la capacidad del Estado de hacer regulaciones que afectan a las transnacionales por temor a fallos adversos en los tribunales ADIE.
De hecho, se ha criticado a los tribunales ADIE, integrados por árbitros asignados ad-hoc, por tener conflictos de interés que los hacen fallar en contra de los Estados y a favor de las empresas 72,5% de las veces (Van Harten 2016). Estos tribunales hacen inefectivas las excepciones contenidas en los tratados, las que supuestamente resguardan el derecho de los Estados a regular por interés público, aplicando un test de proporcionalidad. Cualquier política pública puede ser considerada “no proporcional” según estos tribunales, y puesto que son sesgados a favor de las empresas el ‘derecho a regular’ queda supeditado a la no-interferencia a las “expectativas razonables” de los inversionistas. Los que critican al TPP-11 destacan el sistema ADIE y el concepto de no-interferencia en las expectativas razonables como elementos claves que fundamentan su rechazo al tratado.
Sin embargo, la DIRECON dice que el TPP-11 no aumenta los derechos de las transnacionales porque Chile ya es parte del ADIE a través de sus TBI (Tratados Bilaterales de Inversiones) y sus TLC (Tratados de Libre Comercio). Además, la definición de una expropiación indirecta a través del concepto de interferencia en las “expectativas razonables” de una inversión está en el TLC con Estados Unidos (Anexo 10-D inciso 4.a.ii), vigente desde 2004. Este concepto de “expectativas razonables” viene insertándose en los TLC y TBI desde esa fecha (también se ha insertado en tratados firmados con anterioridad a través de modificaciones posteriores ratificados por el Congreso). En otras palabras, las transnacionales ya han podido demandar a Chile por interferencia en sus “expectativas razonables” de inversión desde mucho antes del TPP-11.
Entonces ¿en qué sentido el TPP-11 cambia los derechos de las transnacionales y limita la soberanía nacional de los Estados? ¿Es solo un mito que este tratado aumenta el poder de las transnacionales?
Chile tiene tratados comerciales (TBI y/o TLC) con todos los demás países integrantes del TPP-11. Pero no todos estos tratados incluyen el sistema ADIE, ni incluyen el concepto de interferencia con “expectativas razonables” para definir una expropiación indirecta. Usando las fuentes públicas (los textos de los acuerdos publicados por la misma DIRECON y por las Naciones Unidas – UNCTAD) se revisó todos los tratados entre Chile y los otros 10 países del TPP-11. Según las fuentes disponibles, el TPP-11 implica que por primera vez las transnacionales domiciliadas en Brunéi, Nueva Zelanda, Singapur y Vietnam pueden demandar a Chile (cosa que no pueden hacer con los tratados existentes). Además, con el TPP11 transnacionales de Japón, Malasia y México (que podían demandar a Chile usando los tratados existentes) ahora pueden usar la causal de interferencia en las "expectativas razonables" – concepto que no está en sus tratados existentes. Entonces sostener que el TPP-11 aumenta la protección legal de las transnacionales y limita la capacidad regulatoria del Estado no es ningún mito.