La cárcel ilegal

La cárcel ilegal

Por: Sthefania Walser Bustos y Jesús Fernández Gumucio | 22.05.2019
En la actualidad, la vida al interior de una cárcel se rige por el Reglamento de Establecimientos Penitenciarios. Este regula, entre otras cosas, los derechos y deberes de las personas privadas de libertad, sus condiciones de vida, las visitas y la aplicación de sanciones. El problema es que debido a que todo esto se encuentra regulado en un reglamento (y no una ley), se hace complejo que los internos e internas puedan acceder a tribunales, pues sus problemas se consideran como “actividad administrativa”, que debe ser resuelta por Gendarmería y no por jueces. Esto constituye una abierta vulneración al derecho humano de acceso a la justicia.

Hace pocas semanas, un nuevo informe del INDH vino a recordarnos las condiciones miserables de las cárceles en Chile y escuchamos a diversas autoridades lamentando esta situación. La conclusión es unívoca: nuestro país no ha dado una respuesta estructural a una crisis carcelaria conocida.

Esta situación compromete la responsabilidad internacional de nuestro país e impide la implementación de políticas públicas transformadoras y de largo aliento, que den respuesta asimismo a la demanda ciudadana por mayor seguridad pública.

Una de las soluciones ante esta realidad es la dictación de una ley de ejecución penitenciaria. Aunque las leyes no solucionan problemas por el solo hecho de dictarse, impulsan el desarrollo de acciones de reforma y se generan a través de procesos legislativos que visibilizan conflictos y posicionan temas en el debate público. Por eso, como organización de la sociedad civil presente en diversos recintos penitenciarios, tenemos la convicción de que urge la dictación de una Ley de Ejecución Penal

Pasar a la legalidad

En la actualidad, la vida al interior de una cárcel se rige por el Reglamento de Establecimientos Penitenciarios. Este regula, entre otras cosas, los derechos y deberes de las personas privadas de libertad, sus condiciones de vida, las visitas y la aplicación de sanciones. El problema es que debido a que todo esto se encuentra regulado en un reglamento (y no una ley), se hace complejo que los internos e internas puedan acceder a tribunales, pues sus problemas se consideran como “actividad administrativa”, que debe ser resuelta por Gendarmería y no por jueces. Esto constituye una abierta vulneración al derecho humano de acceso a la justicia.

Una LEP dará rango legal a la regulación de la cárcel, y permitirá que los jueces cuenten con una base normativa legal para determinar cuándo los y las gendarmes incumplen sus deberes. También permitirá controlar cuándo una sanción fue impuesta sin el procedimiento debido, o en qué situaciones se vulneran derechos de los internos/as.

Además, la LEP permitiría cumplir con los compromisos internacionales que tiene nuestro país en materia de Derechos Humanos, acercando nuestro sistema penal a estándares internacionales, que permitan humanizar la respuesta del Estado al privar de su libertad a una persona.

En conclusión, además de un drama humanitario, la cárcel es una paradoja: Se encierra a quienes infringen la ley, pero en el encierro no la ley no existe. Hoy en Chile, la cárcel es ilegal.