Presentan recurso de protección en contra del Minsal por campaña que criminaliza a las personas viviendo con VIH/SIDA
El periodista y activista de la diversidad sexual Víctor Hugo Robles, conocido como “El Che de los Gays”, interpuso una acción constitucional de protección en contra del ministro de Salud Emilio Santelices, acusando a la autoridad política - sanitaria de criminalizar a las personas que viven con VIH/SIDA a través de lo que llama “campaña del terror”.
Patrocinado por el abogado especialista en derecho a la salud, Esteban Arévalo, el periodista y activista comunitario en VIH/SIDA interpuso la acción legal en la Corte de Apelaciones de Santiago, señalando que “el día 30 de diciembre de 2018, el recurrido (Ministerio de Salud) hizo público un video, que forma parte de una campaña en el marco de la problemática VIH/SIDA que presenta nuestro país. Dicho video causó de inmediato centenares de reacciones en usuarios de las redes sociales, tanto de personas viviendo con VIH como el recurrente así como de organizaciones de la sociedad civil que trabajan en el tema criticando de diversas formas el tono “discriminatorio” del video y su mensaje “policiaco”, lo cual fue ampliamente recogido por la prensa nacional”.
“No obstante no ser la acción constitucional de protección una acción popular”, agrega la acción legal, “se hace presente que este video emitido y difundido por el recurrido, además de afectar directamente al recurrente quien es una persona viviendo con VIH; como se expondrá, ha causado indignación, revuelo y críticas transversales en la opinión pública incluido el Colegio Médico”.
Los fundamentos del reclamo
El recurso de protección señala como fundamentos jurídicos del reclamo en contra del Ministerio de Salud que “la emisión y difusión de un video como parte de una campaña respecto al VIH/SIDA”, perpetra las siguientes ilegalidades:
Incumplimiento de la Ley 19.779 “Que establece normas relativas al virus de inmuno deficiencia humana y crea bonificación fiscal para enfermedades catastróficas”.
“A través de esta norma legal, el Estado de Chile, a través del Ministerio de Salud; ha asumido obligaciones que, con la acción que se reclama, se han incumplido, ya que en la actual campaña VIH/SIDA no se ha elaborado, ejecutado ni evaluado con la participación de la comunidad. Tampoco recoge los avances de la investigación científica ni considera la realidad epidemiológica nacional”, señala.
Del mismo modo, se reclama la violación del “Artículo 2º.- El Ministerio de Salud tendrá a su cargo la dirección y orientación técnica de las políticas públicas en la materia. Estas políticas deberán elaborarse, ejecutarse y evaluarse en forma intersectorial, con la participación de la comunidad, recogiendo los avances de la investigación científica y considerando la realidad epidemiológica nacional, con el objeto de establecer políticas específicas para los diversos grupos de la población, y en especial para aquellos de mayor vulnerabilidad, como las mujeres y los menores. En todo caso, será aplicable, en lo pertinente, la Convención Internacional de los Derechos del Niño”.
El recurrente reclama y denuncia que “se ha incumplido, además, la obligación de difundir y promover los derechos que tienen las personas que viven con VIH, y por el contrario, se realiza una campaña que afecta la dignidad de estas personas, las estigmatiza y fomenta su discriminación”, olvidando el Artículo 3º de la Ley de Sida que estable que “el Estado arbitrará las acciones que sean necesarias para informar a la población acerca del virus de inmunodeficiencia humana, sus vías de transmisión, sus consecuencias, las medidas más eficaces para su prevención y tratamiento y los programas públicos existentes para dichos fines, poniendo especial énfasis en las campañas de prevención. Tales acciones se orientarán además a difundir y promover los derechos y responsabilidades de las personas portadoras y enfermas”.
En consecuencia, señala la demanda de protección: “Esta acción ilegal, priva el legítimo ejercicio del Derecho a la integridad psíquica del recurrente y de miles de habitantes de la República, que viven con VIH, derecho reconocido y garantizado en el artículo 19 N°1 de nuestra Carta Fundamental. Dicha afectación se manifiesta en que con el video emitido, se estigmatiza a las personas viviendo con VIH, fomentando la discriminación y la muerte social lo cual de forma evidente, afecta su integridad psíquica”.
Víctor Hugo Robles solicita a la Corte de Apelaciones de Santiago dar por “Interpuesta Acción Constitucional de Protección y en definitiva lo acoja ordenado a la recurrida retirar de circulación el video especificado por ser Derecho a la integridad psíquica del recurrente y en lo sucesivo, dar estricto cumplimiento a los establecido en la ley 19779 en cuanto a la participación comunitaria en la elaboración, ejecución y evaluación de políticas públicas en materia de VIH/SIDA y a la difusión y promoción de los derechos de las personas que viven con VIH en las campañas sobre la materia”.