"Aquí te pillamos, hueón": La detención de Ernesto Llaitul y René Caniulao por un incendio que no existe

Por: El Desconcierto | 30.10.2018
Felipe González, fiscal de Alta Complejidad que estuvo a cargo de la Operación Huracán, viajó de Temuco a Carahue para solicitar la prisión preventiva de Ernesto Llaitul y Ramón Caniulao, pese a que si llegan a ser condenados la máxima pena que arriesgan es firma mensual.

Un bidón, un hacha, ropa y sus celulares. Tres meses tendrá para investigar Felipe González, de la Fiscalía de Alta Complejidad de La Araucanía, a Ernesto Llaitul Pezoa y René Caniulao Collío, por el delito de portar elementos para provocar el delito de incendio.

El hijo del vocero de la Coordinadora Arauco Malleco fue detenido en la madrugada del pasado viernes. En entrevista con El Desconcierto, asegura que pasó el día en la casa de su amigo, que vive en Nueva Imperial y a esa hora lo iba a dejar a su casa, en Tirúa. Tomaron el camino interior para evitar pasar por Temuco, ya que la camioneta no estaba con su permiso de circulación al día.

Entonces, a la medianoche, Llaitul asegura que se encontraron con 6 camionetas con las luces apagadas. Cuando pasan por el lado, los interceptan. "Nos apuntan con pistolas y nos hacen descender. Deben haber sido unos 30 efectivos", asegura.

- Nos tiraron al suelo, todo el rato apuntando con las armas. A mi me reconocen de inmediato, me dicen 'aquí te pillamos hueón'. No alcanzamos a percibir quienes eran, supimos después que eran de la PDI.

La Brigada de Investigaciones Policiales Especiales (BIPE) lideró el operativo que detuvo a Llaitul y Caniulao. Según el parte policial, se encontraban realizando patrullajes en el sector de Loncoyamo. Cuando ven una camioneta blanca con luces apagadas, proceden a detenerla y registrarla.

"La camioneta la dieron vuelta entera y lo único que pillaron fue un bidón de bencina. Y por eso nos detuvieron. Lo de los manuscritos es totalmente falso, ni siquiera en la formalización se habló de eso, no sé si lo inventó la prensa o ellos se lo dijeron a la prensa para justificar la detención. No había nada de eso", dice Llaitul, estudiante de cuarto año de Sociología en la Universidad de Concepción.

Además del bidón de cinco litros de bencina, la policía encontró una mochila con ropa y un hacha. En la formalización, en el Juzgado de Garantía de Carahue, se les detuvo por el artículo 481 del Código Penal, una curiosa figura legal que considera como delito el poseer elementos que pueden provocar un incendio que no ha ocurrido. Se les incautaron también los teléfonos celulares.

Eso fue durante la mañana del viernes 26. Pero Llaitul y Caniulao estuvieron toda la madrugada dando vueltas por el sector. "En un momento nos trasladaron hacia el interior del bosque y pensamos que nos iban a hacer algo. Ahí nos decían que se nos había acabado la suerte, que ya eran otros tiempos y no estaba la cuestión regalada".

El antecedente de Iglesia

Patricia Cuevas, abogada de la Defensoría Penal Mapuche, reconoce que el 481 es una figura extraña en el Código Penal, ya que considera como punible un acto preparatorio de un delito que no ha ocurrido. Es decir, es algo que no afecta un bien protegido por la ley.

La defensora argumentó contra la legalidad de la detención en la audiencia de formalización, apuntando a que lo que realizó la PDI fue un control de identidad que no cumple el requisito de tener un indicio relacionado a un delito. Recuerda el caso Iglesia, que sostuvo un largo proceso de más de año y medio por ley antiterrorista para terminar con que el tribunal declarara como ilegal la detención inicial. "En esa causa se les hizo control de identidad porque un policía encontró olor a bencina y el propio tribunal dice que fue una detención por sospecha, porque los indicios fundados tienen que ser verificables, no puede ser la cara o las características de una persona, tienen que ser indicios objetivos relacionados a la comisión de un delito", afirma Cuevas.

En otra causa del año 2017, el Tribunal Oral en lo Penal de Valdivia absolvió al comunero mapuche Patricio Antiago de delito de portar elementos para cometer un incendio, ya que no habían elementos para condenar. "Ahora vieron el bidón y lo quisieron ajustar al 481. Incluso para que sea un delito tienes que presumir muchas cosas porque ni siquiera está en etapa de ejecución. Y en nuestro derecho penal las presunciones no están permitidas", dice la abogada.

Sin embargo, la jueza de garantía Fabiola Cancino Muñoz acreditó como legal el proceso e instruyó tres meses de investigación por la causa, que quedó a cargo del fiscal de Alta Complejidad de La Araucanía, Felipe González.

El persecutor viajó especialmente a Carahue para hacerse parte de la audiencia. Él mismo estuvo a cargo de la investigación de la Operación Huracán, donde la Fiscalía imputó a 8 comuneros mapuche, entre ellos al propio Ernesto Llaitul, de una serie de atentados incendiarios. A la postre se supo de la manipulación de evidencias por parte de Carabineros, lo que terminaría gatillando la salida del general director de la institución y la formalización de Gonzalo Blu, entonces director de Inteligencia.

González argumentó ante la jueza la necesidad de mantener a ambos imputados en prisión preventiva durante el tiempo que dure la investigación. Como ambos tienen irreprochable conducta anterior, la máxima pena que arriesgan es la de firma mensual, la misma medida con que quedaron como cautelar.